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Me han cancelado el concierto al que iba a ir en el Bernabéu: ¿qué derechos tengo y qué reclamaciones puedo presentar?

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El estadio Santiago Bernabéu ya no es solo la sede de futbolistas tan conocidos como Mbappé, Vinícius o Bellingham, sino que también ha pasado a ser uno de los espacios más cotizados por los artistas. La cantautora estadounidense Taylor Swift fue una de las primeras en confirmar su concierto en las instalaciones madridistas, pero no fue la única. Duki, Manuel Carrasco, Luis Miguel o Karol G han sido algunos de los muchos cantantes que han puesto a bailar y gritar a pleno pulmón a sus miles de fans en el estadio. No obstante, estos eventos musicales han durado menos de lo previsto. El viernes 13 llegó con malas noticias, ya que el Real Madrid tomó la decisión de suspender temporalmente los conciertos programados debido a las reiteradas quejas de los vecinos por el exceso de ruido. Esta suspensión se extenderá, al menos, hasta abril de 2025, por lo que artistas como Aitana o Lola Índigo, a pesar de que vendieron todas sus entradas, no podrán cantar en el espacio madridista.

Esta situación ha perjudicado a unas 250.000 personas, por ello, desde Legálitas explican qué derechos tienen aquellos que tenían reservado un transporte u hotel con motivo del evento, a quién deben reclamar y si pueden recuperar el dinero de la entrada si no pueden acudir a la nueva fecha propuesta por la organización.

En primer lugar, los damnificados tendrán derecho a ser informados de este cambio y, en segundo lugar, a ser resarcidos por el incumplimiento del contrato por parte del organizador del evento, así como de los daños que le hayan producido.

"El afectado puede reclamar todos los daños y perjuicios que la cancelación del concierto le haya ocasionado a la empresa organizadora del evento, siempre que estos daños sean demostrables y cuantificables desde un punto de vista objetivo", explica el abogado de Legálitas, Gerardo Ruiz. No obstante, asevera que "nunca se debe reclamar al estadio Santiago Bernabéu ya que no existe relación contractual alguna con el mismo".

La reclamación deberá realizarse por escrito –dejando constancia de que la reciben–, adjuntando todos los justificantes de los gastos que se puedan reclamar como medios de transporte o alojamiento, entre otros.

Pero, ¿qué ocurre si el asistente no puede acudir a la nueva fecha del concierto? ¿Le deben devolver el dinero? Como el evento no se celebra por un cambio propuesto por el organizador, la cancelación debe dar lugar a la posibilidad de aceptar el cambio de fecha. Si no se ofrece ninguna alternativa o esta no encaja a los damnificados, estos tendrán derecho a la devolución del importe pagado por el precio de la entrada. Asimismo, en el caso de que no se pueda acudir a la nueva fecha propuesta, se podrá ceder la entrada a otra persona, puesto que esta no suele ser un título nominativo –no tiene nombres y apellidos– y, por tanto, no requiere de la autorización del organizador del evento.