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Сентябрь
2024

¿Qué es el "gazumping"? Esta es la práctica que preocupa a los compradores de vivienda

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El "gazumping" es una práctica que tiene lugar cuando el vendedor, tras aceptar una oferta de compra de vivienda, decide venderle el piso a un comprador que ofrece una cantidad superior. "El gran inconveniente de esta práctica es la situación en la que se deja al comprador, quien ya ha invertido tiempo y dinero en la compraventa del inmueble", explican desde el portal inmobiliario Fotocasa.

En Reino Unido, esta es una práctica habitual por cómo está estructurado el proceso de compraventa en el país y que está alcanzando "niveles récord". Y es que, la venta de la vivienda no es "legalmente vinculante" hasta que no se firma la escritura de compraventa, dejando al comprador en una situación de vulnerabilidad. Es por ello, que ocho de cada diez compradores desearían que se prohibiera.

En cambio, en nuestro país, el "gazumping" no es algo común, puesto que existe el contrato de arras. Este es un acuerdo privado entre el comprador y el vendedor de una casa para asegurar la reserva del inmueble. Por tanto, una vez se firma este contrato, ambas partes deben cumplir las condiciones pactadas, lo que ofrece protección tanto al comprador como vendedor. En la mayoría de casos, este tipo de acuerdo incluye una penalización a cualquiera de las partes que no cumpla con los términos pactados.

El portal inmobiliario expone el siguiente ejemplo: "un vendedor de vivienda acaba de firmar un contrato de arras para garantizar la venta del inmueble, cuyo precio de venta son 200.000 euros. Los contratos de arras suelen suponer el 10% del valor de compra, por lo que el comprador se dispone a abonar unas arras de 20.000 euros al vendedor".

Por tanto, si el vendedor encuentra un comprador interesado en pagar más por su casa, este deberá pagar una compensación económica a la otra parte si se han firmado las arras penitenciales.

Las arras penitenciales son las únicas que están reguladas en el Código Civil. Estas hacen referencia a la cantidad de dinero que el comprador entrega al vendedor, por lo que si se produce un incumplimiento del contrato por el interesado en comprar el inmueble, este perderá la señal. Si el incumplimiento se produce por parte del vendedor, este deberá devolver la cuantía abonada y también pagar al comprador una suma igual en concepto de indemnización. El portal inmobiliario señala que "lo común es acordar una compensación que suponga el doble de lo abonado", por tanto, teniendo en cuenta el ejemplo previo, la cuantía serían 40.000 euros.