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TSE protege secreto profesional de periodistas al rechazar recurso de exdiputado Dragos Dolanescu

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El Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) defendió el secreto profesional de los periodistas y la confidencialidad de las fuentes al rechazar un recurso de apelación electoral interpuesto por el exdiputado Dragos Dolanescu Valenciano, quien había solicitado conocer los nombres de los periodistas que pidieron información pública al departamento de Financiamiento de Partidos Políticos en el 2022, así como las fechas de los requerimientos y los temas que consultaron.

Dolanescu pidió esta información en un correo enviado el 16 de abril a Ana María Jiménez Rodríguez, jefa de la oficina de Comunicación Organizacional de la Dirección General de Estrategia y Gestión de Política Institucional del TSE. Además de solicitar el listado de consultas hechas por los reporteros, pidió conocer los medios para los que trabajaban y el nombre del funcionario que atendió las consultas.

El Tribunal entregó el número de consultas, los medios y los funcionarios que atendieron, pero no divulgó los nombres de los periodistas, las fechas ni los temas consultados, porque haberlo hecho compremetería “el secreto profesional periodístico consagrado en la protección de las fuentes y en el trabajo del propio profesional”.

En un pronunciamiento emitido el 22 de abril, Gustavo Román Jacobo, director de Estrategia y Gestión de Política Institucional del TSE, explicó que el escrutinio de la Administración Pública no incluye a los periodistas, quienes gozan de protecciones especiales, como la confidencialidad de las fuentes y la discrecionalidad en la divulgación de la información.

“No es admisible que, por intermedio del Estado, se ponga en riesgo esas o alguna otra garantía ideada para potenciar el periodismo libre. El resguardo del trabajo periodístico, protegido por el derecho de la Constitución, procura garantizar la plena libertad en su ejercicio y obliga al Estado a evitar y prevenir cualquier medida que interfiera, obstaculice o amenace las actividades periodísticas”, añade.

Dolanescu cuestionó decisión del TSE

Dolanescu presentó un recurso de apelación alegando que no entendía la “resistencia y negativa” a entregar un dato que no podría asociarse “nunca a una amenaza a la libertad de prensa o al debido resguardo de las fuentes”.

Afirmó que los datos eran de interés público y vinculados a la transparencia del sistema de financiamiento partidario y, en ese mismo contexto, pidió la información “como una forma de dar cabal cumplimiento al ejercicio de rendición de cuentas que tienen aparejados todos los funcionarios públicos y con mucha mayor razón, aquellos que son órganos fiscalizadores de fondos públicos”.

“Lo que se persigue es un ejercicio de corroboración orientado a constatar la transparencia en la gestión pública y la participación ciudadana”, sostuvo el excongresista.

En la resolución N.° 6529-E3-2024 del 5 de setiembre, las magistradas Eugenia Zamora, Zetty Bou y Mary Mannix concluyeron que la información solicitada por Dolanescu no fue proporcionada al no ser de interés público, pues más bien se trata de datos inherentes al ámbito privado del ejercicio periodístico y, por ende, es información sensible.

“El profesional a cargo de las informaciones periodísticas, al servir un interés público goza de una tutela especial como lo es no solo mantener el secreto profesional sino, también, el que la Administración preserve su identidad librándolo de posibles represalias públicas o demandas privadas que podrían, incluso, presionarlo en su trabajo o, en el peor de los casos, producir desconfianza hacia el medio en que trabaja”, indica la resolución.

Las magistradas aclararon que, aunque Dolanescu no estaba obligado a justificar el interés público de su solicitud, esta información no es pública. Además, señalaron que confundió el acceso a datos periodísticos con el ejercicio de rendición de cuentas.

“Sobre la transparencia en la gestión pública, está debidamente acreditado que la dirección entregó al señor Donalescu Valenciano los nombres de los medios que consultaron sobre el financiamiento partidario y el funcionario que atendió las consultas”, concluye el documento.