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Сентябрь
2024

Moratoria AFIP: quedan pocos días para acceder a un beneficio clave, cómo hacerlo

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La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) reiteró cuál es la fecha límite para poder adherirse a la moratoria y así obtener un 60% de condonación de intereses y multas.

Este beneficio forma parte del Régimen de Regularización de Obligaciones, reglamentado en la Ley 27.743 de "Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes" que permite regularizar deudas aduaneras, impositivas y de seguridad social que hayan vencido al 31 de marzo de 2024.

¿Cuál es la fecha límite para adherirse a la moratoria de AFIP?

Para acceder a la condonación del 60% es necesario adherirse antes del 14 de septiembre de 2024. En caso de realizar la inscripción luego de esta fecha, pero antes del 14 de octubre, la condonación de multas e intereses será del 50%.

Para quienes adhieran luego de esta fecha se establecerán planes de financiamiento con plazos extendidos y condiciones preferenciales para micro y pequeñas empresas, entidades sin fines de lucro y monotributistas, considerando su capacidad de pago y tipo de actividad.

Moratoria AFIP: qué formas de pago permiten acceder al beneficio

Los pagos deberán realizarse al contado o mediante los planes de facilidades de hasta 3 cuotas para poder obtener la condonación del 60% en multas e intereses.

Se establecerá un pago mínimo mensual de $ 2000 por cuota, con vencimiento el día 16 de cada mes. Este pago se cargará automáticamente a la cuenta bancaria correspondiente a partir del mes siguiente a la aprobación del plan de pagos. 

AFIP: ¿cuáles son los requisitos para adherir a la moratoria?

Según el sitio oficial de la AFIP, la lista de condiciones que deben cumplirse para acceder a la moratoria incluye:

  • Presentar las declaraciones juradas o determinaciones originales o rectificativas de las obligaciones a regularizar.
  • Declarar la Clave Bancaria Uniforme (CBU) de la cuenta corriente o caja de ahorros de la que se debitarán las cuotas para la cancelación de cada una de las cuotas, en el servicio "web" denominado "Declaración de CBU".
  • Poseer un Domicilio Fiscal Electrónico.