ru24.pro
World News in Spanish
Август
2024

Código Procesal de Familia: Representación legal gratuita de menores queda en el aire

0

El Código Procesal de Familia entrará en vigor, el próximo 1.° de octubre, sin que se define cuál institución asumirá la representación legal gratuita de los menores de edad que soliciten participar en un proceso judicial.

Aunque la Asamblea Legislativa tramita una reforma rápida para corregir problemas de la nueva ley, los diputados, el Poder Judicial y el Patronato Nacional de la Infancia (PANI) acordaron postergar la definición sobre la representación de niños y adolescentes.

Tanto el Poder Judicial como el PANI se oponen a que se les asignen estas competencias; alegan carecer de personal y recursos económicos necesarios para brindar el servicio.

El acuerdo fue tomado el lunes, tras una reunión entre las jefaturas de fracción, representantes de la Corte, el Patronato y el Ministerio de la Presidencia. La sesión fue convocada por el jerarca del Congreso, Rodrigo Arias, para atender dudas de los partidos políticos sobre los ajustes al Código Procesal de Familia, a fin de lograr los 38 votos necesarios para aprobar una moción de trámite rápido.

En su versión actual, el artículo 42 del Código Procesal de Familia ordena al Estado garantizar “la asistencia y el patrocinio letrado gratuito a las personas menores de edad que carezcan de medios económicos suficientes”. No obstante, la redacción no precisa qué institución debe ejercer dicha responsabilidad.

PANI rechaza asumir representación legal gratuita de menores en juicios familiares

Por esta razón, el Poder Judicial presentó, a solicitud de la Defensa Pública, un cambio en el numeral de la norma, para que sea el PANI quien tenga a cargo la representación legal de los menores. Esta es una de las casi 50 enmiendas al Código que se incluyeron en el expediente legislativo y que están bajo análisis de los diputados.

Uno de los cambios que introduce el Código es que posibilita que niños o adolescentes actúen en los juicios y presenten sus solicitudes ante los juzgados.

Esto quiere decir que pueden participar en un proceso de familia, demandar alimentos, solicitar una investigación de paternidad o pedir alguna medida cautelar por agresión. Para hacer esto posible, es que se garantiza la representación legal gratuita por parte del Estado.

Trámite rápido en veremos

Alejandra Larios, subjefa de la bancada del Partido Liberación Nacional (PLN), confirmó a La Nación que aún no hay un acuerdo de parte de las bancadas sobre la aplicación de la vía rápida al proyecto de ley. “Cada una de las fracciones va a estudiar la posibilidad de poder dispensarlo de todo trámite”, declaró la verdiblanca.

Larios es, junto con Arias, proponente de la reforma y de la moción de dispensa de trámite.

Rodrigo Arias pide trámite rápido para reforma al Código Procesal de Familia

Por su parte, Pilar Cisneros, jefa del oficialismo, señaló que las asesorías avanzarán con las propuestas y sugerencias del Poder Judicial, para luego discutirlas con los diputados de la Comisión de Jurídicos, en donde se estudia la propuesta de ley. Una vez concluido este proceso, los integrantes del foro elevarían una recomendación al plenario.

Roxana Chacón, magistrada de la Sala Segunda, señaló que se puso a disposición de las diferentes fracciones legislativas, el equipo de jueces gestores de la Comisión de Familia, Niñez y Adolescencia para comparecer cuando así lo soliciten, a fin de aclarar el propósito y fin de la reforma, en cada uno de los artículos.

“Esperamos que nos ayuden con un grupo de artículos que no presente mayores dudas y que, si lo tienen a bien y existe consenso de las diputaciones, se puedan aprobar por la vía rápida, antes 1.° de octubre. En el caso de otros artículos que requieran mayor discusión, se seguirán discutiendo hasta que se encuentre el consenso para su aprobación o que se introduzcan los cambios por parte de los señores y señoras diputados y diputadas”, afirmó la magistrada.

Permisos de salida de menores se complicarán desde el 1.° de octubre en caso de conflicto entre los padres

Igualmente, se presentó una petición puntual para que, cuando se discuta la reforma al artículo 42, se cite a esa reunión al director de la Defensa Pública, Juan Carlos Pérez Murillo, para que se refiera al tema, por ser el principal interesado en que la disposición se logre aclarar.

Chacón explicó que los cambios, en su mayoría, son para hacer más efectiva la aplicación del Código Procesal de Familia y que el Poder Judicial ya se encuentra prácticamente listo para la entrada en vigencia de la norma.

La oficina de Prensa del PANI también indicó estar de acuerdo con que la enmienda del artículo se discuta de manera separada al resto del proyecto de ley, “para que en primera instancia, se facilite la tramitación de las demás reformas planteadas al Código Procesal de Familia y para que se inicie un proceso de acercamiento para plantear cómo el Estado debe asumir esa responsabilidad de representación”.

Nuevo proceso para definir pensiones alimentarias propiciará la conciliación

El PANI argumentó que, si bien actualmente ejerce la representación de conformidad con su ley orgánica a las personas menores de edad “que no se encuentren bajo los atributos de la responsabilidad parental ni tutela, así como a quienes estén bajo atributos de una persona no apta para asegurarles la garantía de sus derechos”, no tendría ni las fuentes de financiamiento ni el personal para asumir el aumento de participación en defensa judicial que implicaría la reforma.

Igualmente, alegó que las características de esta representación “resultan vinculadas a las funciones de la Defensa Pública”.