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Август
2024

Adiós a la pluralidad

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El INE, conforme a sus facultades, decidió otorgar a los partidos y no a las coaliciones la sobrerrepresentación a la que se refiere el artículo 56 constitucional y el 21 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, relativo a la votación total emitida, como válida. Se aplicó también el principio de paridad de género en dicha asignación. La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha emitido criterios en el sentido de que todo voto, ya sea en forma activa o pasiva, debe ser considerado de forma igualitaria. No se respetó. El INE repartió las senadurías de representación proporcional, de forma que a la coalición de Morena le faltan dos escaños para acceder a las dos terceras partes necesarias para cambios constitucionales.

Por lo que se refiere a las diputaciones, no respetó el contenido integral del artículo 56 constitucional, porque en éste se establece que solo se otorgará la sobrerrepresentación al partido que postule al menos 200 candidaturas de mayoría relativa. Aquí el INE sostiene que al registrarse las coaliciones, nadie objetó las candidaturas, por lo cual no aplica este principio constitucional de 200, lo cual es totalmente ilegal y se pretende que un acuerdo del Consejo, para registrar candidaturas, sea excusa para dejar en letra muerta la Constitución.

Para cumplir la Constitución no se requiere que se reclame esa conducta, o que si no se impugna una disposición, ésta pueda no considerarse. En derecho público se debe aplicar lo que la ley dice y la interpretación no puede ser una excusa para no acatarla. Es absurdo sostener que en la sesión del Consejo donde se aprobaron las candidaturas, al no existir quejas contra el artículo constitucional, éste quede sin efecto, y se diga que el asunto se refiere a que se llevó a cabo una afiliación efectiva y se pretenda que fue una acción en firme dicha interpretación, que supuestamente validó el TEPJF. Lo cual es falso, pues el Tribunal solo aprobó el registro de las candidaturas de las coaliciones.

Respecto a que ningún partido pueda tener más de 300 diputados por ambos principios, el INE simplemente refiere que esto solo aplica para la mayoría relativa y no para la representación proporcional. Es decir, todos los partidos tienen derecho al porcentaje del 8 por ciento, salvo que hubiese ganado 300 distritos de mayoría. Y en este punto, el INE alega que sí se cumple con los 200 distritos porque existe una coalición. O sea, su criterio se acomoda a lo que pretenden, dar el control al gobierno morenista. Estos criterios de coalición no se consideraron en la asignación de la representación proporcional. La coalición sí fue válida para el registro de candidaturas para cumplir 200 cargos, pero no fue reconocida como tal para considerarla como un solo partido, por lo cual, se le otorgo un ocho por ciento a cada integrante de la coalición Morena-PVEM-PT, que en conjunto tuvieron en diputados el 45 por ciento de los votos, y van a controlar el 74 por ciento del pleno de la Cámara, es decir, 364 diputados.

Al resto de los partidos se les retiran candidaturas plurinominales, pasando con más votos a solo un 25 por ciento del pleno. Situación que provoca una ruptura de la proporcionalidad y que asigna un valor diferente a los votos emitidos para los partidos políticos. Es muy cuestionable que el ocho por ciento se otorgue por partido, y que para cumplir las 200 candidaturas, se consideren las de la coalición. Como también es cuestionable se viole la disposición de las reformas electorales que tuvieron como propósito que ningún partido por sí mismo pueda reformar la Constitución, y aquí el INE de nuevo, cuenta a los partidos, sin considerar la coalición, para violar este principio.

Además, se considera que aunque el voto se haya emitido por un partido coaligado, es viable que el mismo sea reconocido a un partido distinto, para efectos de la conservación del registro y la asignación de candidatos de representación proporcional. Es decir, si yo voté por Morena, pero en la coalición se decide apoyar al PT, mi voto va para ese partido coaligado, conforme al criterio del INE. Así pues, se declaró la validez de la elección con criterios violatorios a la Constitución y las leyes electorales usando triquiñuelas. Estamos frente a un gran fraude electoral que va a modificar la vida de le República. Taddei pasará a la historia como una gran traidora a México.

Porque otorgar a Morena y sus aliados la capacidad para modificar por sí mismos la Constitución, ya anuncia la desaparición de órganos autónomos, conflictos con los tratados internacionales, baja de la calificación riesgo país, desaparición del Estado de Derecho y la certeza jurídica al acabar con el Poder Judicial de la Federación. Los otros problemas continuarán: pobreza, servicios de salud de mala calidad, pésima educación, manga ancha a los cárteles de la droga, más inseguridad pública.

El problema es que el gobierno de Sheinbaum va a heredar una fuerte problemática internacional, con socios comerciales y la falta de garantías y certeza legal, que alejará al empleo y la inversión. Un gobierno quebrado por malas decisiones de obras y deuda. Una sociedad en resistencia y dividida. Tendrá a sus órdenes a todo el estado, pero no hay rumbo, ni un proyecto nacional. Y los apoyos sociales ayudan, pero no resuelven.

La sobrerrepresentación se votará este viernes. Es el inicio del fin de la República. Es acabar con los contrapesos en un Estado de Derecho, es entrar a un autoritarismo que evolucionará poco a poco, hacia una dictadura. Es el fin del pluralismo y de los derechos políticos de los ciudadanos ¿Qué hará el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación? ¿Validarán las violaciones Mónica Soto y sus magistrados?

No estamos regresando a la época del partido hegemónico, estamos yendo hacia la época del caudillismo, ahora de 4T, pero en un mundo globalizado que nos pasará la factura.