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Август
2024

Los mossos cómplices de Puigdemont pueden afrontar unas penas de 6 meses a 3 años de prisión

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Abc.es 
Las imágenes del regreso a Barcelona del expresident y prófugo Carles Puigdemont dejaron este jueves en evidencia la inacción, y en algún caso incluso colaboración, de los Mossos D´Esquadra . Desde pasear por las calles de Barcelona para llegar hasta el Arco del Triunfo hasta desaparecer y volver a huir, Puigdemont llevó a cabo su aparición estelar en el paseo de Lluís Companys sin aparente complicación. Por ello, la policía autonómica anunció después de lo sucedido que abriría una investigación interna para destapar a los agentes que hayan podido colaborar para propiciar el espectáculo que se vivió este jueves en la Ciudad Condal . La convocatoria del bloque independentista para recibir a Puigdemont como un heroico exiliado se produjo tal y como el secesionismo catalán había planeado y sin intromisión de las Fuerzas de Seguridad . Puigdemont accedió al escenario que se construyó el día anterior para su «recibimiento institucional» y poco después de pronunciar su discurso, el expresident volvió a huir presuntamente en un vehículo perteneciente a un mosso que ya ha sido arrestado. Ante la evidencia de que agentes del cuerpo policial autonómico han sido cómplices del breve regreso del prófugo, estas son las penas que pueden afrontar los agentes que sean juzgados . El mosso detenido por propiciarle un vehículo de huida a Puigdemont puede afrontar una imputación por un delito de encubrimiento, de los previstos en el artículo 451 del Código Penal, que acarrean pena de 6 meses a 3 años si le ha ayudado a sustraerse de la detención en un abuso de sus funciones públicas como mosso, cuestión peliaguda porque se encontraba de baja médica. Cabe recordar que la Audiencia Nacional absolvió a los dos mossos que escoltaron a Puigdemont en su periplo por Europa en marzo de 2018 y a los que la Fiscalía pedía año y medio de cárcel. La conclusión es que estando ambos de permiso en aquella expedición, no había abuso de la función pública y el delito del expresidente , que entonces era sedición, no forma parte de la lista de ilícitos graves cuyo encubrimiento sí acarrea directamente pena de cárcel, como la traición o el terrorismo.