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Июль
2024

Pedro Castillo: Poder Judicial amplía a 18 meses más de prisión preventiva por fallido golpe de Estado

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El Poder Judicial ha decidido ampliar a 18 meses la prisión preventiva contra el expresidente Pedro Castillo, acusado de los delitos de rebelión, abuso de autoridad y perturbación de la tranquilidad pública.

Esta medida fue tomada por la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema, la cual consideró fundado el requerimiento de la Fiscalía y revocó la resolución inicial que establecía 14 meses de prisión preventiva, aumentando ahora a 18 meses en total.

La decisión de extender la prisión preventiva se basó en el riesgo de fuga que se consideró existente por parte del tribunal, especialmente debido a la complejidad del proceso judicial y la necesidad de garantizar que el mismo se lleve a cabo de manera adecuada y en un plazo razonable. Por lo tanto, se determinó que era necesario prolongar la medida cautelar para asegurar la continuidad del proceso.

Apelación+190 2024+Suprema by La República

A fines del mes pasado, la Segunda Fiscalía Suprema Transitoria Especializada en Delitos Cometidos por Funcionarios Públicos expresó su desacuerdo con la decisión inicial del juez supremo Juan Carlos Checkley, quien determinó que la prisión preventiva duraría 14 meses, y apelaron la medida solicitando una ampliación.

Al mismo tiempo, la defensa del exmandatario interpuso un recurso de apelación solicitando la anulación de la decisión judicial, argumentando que se incluyeron hechos no planteados originalmente por la Fiscalía Suprema encargada del caso.

Es por ello que el juez Checkley decidió aceptar ambos recursos de apelación y enviarlos a la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema, que hoy emitieron finalmente una respuesta. "Declarar infundado el recurso de apelación interpuesto por Pedro Castillo (...), en cuando declaró fundado en parte el requerimiento de prolongación de prisión preventiva dictado en su contra. En consecuencia, declarar fundado el recurso de apelación interpuesto por el Fiscal Supremo de la Segunda Fiscalía Suprema Transitoria Especializada en Delitos Cometidos por Funcionarios Públicos contra el requerimiento de prolongación de prisión preventiva que fijaron en catorce meses el plazo de prolongación de la misma. En consecuencia, Revocar en primera instancia en este punto y reformándolo en dieciocho meses el plazo de prolongación de la prisión preventiva", se lee en el documento.

PJ anuló pedido de Castillo para anular acta policial

El 10 de julio pasado, el Poder Judicial ratificó su rechazo a la solicitud del expresidente Castillo, con la que buscaba la exclusión del acta de intervención policial del 7 de diciembre de 2022, fecha en la que fue detenido luego de un intento de golpe de Estado. La defensa del exmandatario alegó que el acta de intervención había vulnerado el debido proceso y el derecho a la defensa procesal.

Sin embargo, la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema desestimó los argumentos presentados, señalando que no existían razones suficientes para afirmar que la intervención policial y las primeras diligencias afectaron de manera grave el procedimiento.

La medida fue tomada por la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema. Foto: Presidencia

Pedro Castillo sigue negando su golpe de Estado 

Durante su audiencia del 5 de julio, Castillo Terrones expresó siguió negando sus intenciones de intento de fuga y golpe de Estado de diciembre de 2022. "Señor magistrado, acá hay una sola verdad. Yo nunca pretendí fugarme del país y nunca cometí un golpe de Estado. Nunca cogí un arma, solo un documento", dijo el expresidente.

Respecto al intento de huir del país, el exmandatario presentó un documento por parte de la embajada de México en la que señalaba lo siguiente: "La embajada de los Estados Unidos Mexicanos en Perú hace constar que no ha recibido solicitud alguna del expresidente José Pedro Castillo Terrones al Gobierno de México". Así mismo, en el oficio se precisa que "cualquier solicitud de asilo a su favor que hubiera sido presentada por personas no autorizadas y sin su firma carece de validez para otorgar dicho asilo".