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La amnistía no perdona a Puigdemont

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Abc.es 

Una ministra del Gobierno de Pedro Sánchez pidió a los jueces que aplicaran la ley de Amnistía «al pie de la letra». Pues bien, esto es lo que hizo ayer la Sala Segunda del Tribunal Supremo, no por seguir las indicaciones de la ministra, sino porque es la obligación que le impone la Constitución: resolver conforme al imperio de la ley. Dos fueron las decisiones tomadas ayer en el Supremo. Por un lado, el tribunal que juzgó el 1-O decidió no aplicar la ley de Amnistía al delito de malversación por el que fueron condenados Oriol Junqueras, Raül Romeva, Jordi Turull y Dolors Bassas. Por otro, el magistrado Pablo Llarena acordó lo mismo respecto de Carles Puigdemont, Antoni Comin y Lluís Puig y decidió mantener las órdenes de detención contra el expresidente catalán. En ambos casos, el Tribunal Supremo descarta plantear cuestiones de constitucionalidad o de prejudicialidad europea sobre la malversación y solo se plantea la de constitucionalidad sobre el delito de desobediencia. Es, por tanto, el tenor literal de la ley de Amnistía la razón por la que la malversación del 'procés' queda excluida de esta medida de gracia. Lo explican los magistrados del Supremo, con un único voto discrepante, sin andarse con rodeos, señalando directamente el complejo juego de inclusiones y exclusiones plasmado en los dos primeros artículos de la ley. Con un razonamiento técnico claro y comprensible, los magistrados de la Sala Segunda afirman que la malversación imputada a los cargos independentistas –condenados o procesados– se hizo con «beneficio personal de carácter patrimonial» y en perjuicio de «los intereses financieros de la Unión Europea». Tanto quiso Pedro Sánchez ajustar la ley a las necesidades de Puigdemont que el texto final de la amnistía ha sido contraproducente para su impunidad. Al excluir las malversaciones con beneficio patrimonial personal hizo más difícil su aplicación a los condenados por el 1-O y al expresidente catalán, porque la doctrina del Supremo no requiere incremento económico para advertir la existencia de ese beneficio patrimonial. El Tribunal Supremo sabe bien que sus decisiones se someterán a escrutinios políticos y jurídicos, dentro y fuera de nuestras fronteras, empezando por el del Tribunal Constitucional, que se enfrenta al dilema de mantener a España en la liga de los países contra la corrupción o el de reclutarla para la de aquellos que contemporizan con la corrupción. La decisión sobre Junqueras y demás condenados por el 1-O se apoya particularmente en el informe de la Comisión de Venecia para criticar la imprecisión de la ley de Amnistía sobre a quiénes y a qué hechos se debe aplicar. Y encuentra sólidos argumentos en la normativa de la Unión Europea para contraponer el esfuerzo europeo contra la corrupción con la impunidad que propicia la medida de gracia impulsada por Sánchez para lograr su investidura. Y, sobre todo, construye la exclusión de la amnistía con reglas de la propia ley. Las dos resoluciones del Alto Tribunal obligan a reflexionar sobre el deterioro de la actividad legislativa del Estado en aras del propósito partidista de conservar el gobierno de la Nación. Y, sobre todo, demuestran que el Estado de derecho puede frenar la arbitrariedad de los poderes políticos cuando hay jueces dispuestos a asumir su responsabilidad. El voluntarismo de Pedro Sánchez queda retratado en un razonamiento judicial de incuestionable calidad técnica, la cual no oscurece el claro mensaje que se lanza de defensa de la separación de poderes y de primacía de la función jurisdiccional en la aplicación de las leyes. La ley de Amnistía no sólo es una norma injusta y divisiva, sino que en su propósito espurio de convertirse en el pago por la investidura de Pedro Sánchez es posible que acabe siendo perfectamente inútil. El rotundo auto de la Sala Segunda del Tribunal Supremo hará que Junqueras siga inhabilitado y mantendrá activa la orden de detención sobre Puigdemont. Esta circunstancia genera una creciente incertidumbre, ya que el Gobierno no podrá corresponder a sus socios en la transacción de favores que dio lugar, como causa única, a la medida de gracia. El PSOE y el presidente creyeron que podían convertir el Código Penal en una moneda de cambio, pero el imposible jurídico con el que intentaron cortejar al independentismo ha demostrado tener una vida útil extraordinariamente corta. La falta de fineza legislativa que delató al Gobierno en la ley del 'sólo sí es sí' vuelve ahora a comprometer la legislatura. La amnistía es una ley doblemente inútil: ni conseguirá satisfacer su supuesta coartada, mejorar la convivencia en Cataluña, ni podrá satisfacer su verdadero propósito: retribuir el sostén parlamentario de Sánchez.