Proyecto para prohibir naturalización de extranjeros condenados requiere de 38 votos, reitera Corte Plena
La Corte Plena reiteró este lunes que serán necesarios al menos 38 votos para que el Congreso apruebe la reforma legal que prohibiría la naturalización de personas con condenas firmes por delitos dolosos en Costa Rica o en el extranjero.
Con 14 votos a favor y cuatro en contra, los magistrados acordaron que la iniciativa afecta el funcionamiento del Poder Judicial y, por lo tanto, debe ser respaldada por una mayoría calificada en el Congreso.
Además, los altos jueces concluyeron que la reforma fue corregida en cuanto a los aspectos de posible inconstitucionalidad señalados el 11 de diciembre de 2023, cuando se analizó un texto anterior del mismo proyecto de ley y se indicó la necesidad de los 38 votos.
La propuesta, que se tramita bajo el expediente 23.800, consiste en una reforma a los artículos 15 y 18 de la Ley de Opciones y Naturalizaciones. Esta reforma incluye excepciones para refugiados, apátridas y asilados con antecedentes penales anteriores a su categoría migratoria de protección en Costa Rica.
Aprobado proyecto para revocar naturalización a extranjeros condenados por narcotráfico
El proyecto fue aprobado en primer debate el pasado 13 de marzo, sin embargo, siete días después fue sometido a una moción 148 bis del Reglamento legislativo.
El mecanismo fue utilizado para retrotraer el texto a primer debate. Esto permitió que, el 25 de abril, el plenario de la Asamblea Legislativa aprobara una nueva moción de texto sustitutivo para corregir la propuesta por el fondo y evitar los roces de constitucionalidad advertidos por los magistrados.
Los principales cambios se efectuaron en el numeral 18. En primer lugar, se eliminó de este artículo la disposición que habilitaba anular la carta de naturalización para aquellos casos en los que hubiera condena con sentencia firme por tráfico de droga o lavado de dinero, ya sea en Costa Rica o en el extranjero.
Igualmente, se suprimió la instrucción para que las decisiones del Tribunal Supremo de Elecciones (TSE), sobre la revocación de la carta de naturalización, no estén sujetas a suspensión ejecutoria en vía jurisdiccional por razones de seguridad nacional.
Ahora, bajo este numeral, solamente será posible anular la naturalización de aquellos extranjeros que hayan obtenido la naturalización de forma fraudulenta, al violar los requisitos dispuestos en la ley.
La magistrada Patricia Solano, de la Sala de Casación Penal, aseguró que la ley es necesaria porque “muchas personas han obtenido la naturalización y la ciudadanía costarricense, pese a que han sido sentenciadas por delitos graves en Costa Rica”.
En el caso del numeral 15, se establece que no podrán obtener la nacionalidad quienes hayan sido condenados con penas de prisión superiores a tres años en los últimos diez años, por delitos perpetrados con conocimiento y voluntad, en Costa Rica o en el extranjero.
En el caso de personas con gestiones de naturalización con procesos judiciales pendientes dentro o fuera de Costa Rica, el texto ordena que se tomen medidas administrativas para suspender el trámite hasta que se emita una sentencia firme y definitiva por parte de los tribunales.
¿Por qué se requieren los 38 votos?
Solano indicó que los 38 votos son necesarios porque, en la actualidad, hay una serie de sentencias cuyos asientos no se mantienen durante los 10 años que establecería la reforma, de tal manera que el Registro Judicial tendrá que llevar un recuento paralelo a efectos de dar respuesta para todos los casos en que la Oficina de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil solicite certificar la información.
La magistrada sostuvo que este doble registro implica destinar más recursos y hacer ajustes a los sistemas de información, lo que tiene un costo y, por ende, afecta el funcionamiento del Poder Judicial.
Se expresaron en contra de este criterio los magistrados de la Sala I, Iris Rocío Rojas y Luis Guillermo Rivas.
Rojas manifestó que no se puede considerar como afectación al trabajo del Poder Judicial un incremento en el trabajo que realiza el Registro, en vista de que las competencias ya están dadas, las personas funcionarias reciben un salario por esas tareas y no se está creando un órgano nuevo. Para la magistrada, los cambios no suponen una modificación sustancial que permita sustentar el criterio.
Rivas coincidió con ella, al asegurar que la reforma no incide en la organización y funcionamiento del Poder Judicial, porque la determinación de a quién se le otorga la naturalización no es tarea de la Corte, además de que no afecta las labores el tener que llevar un registro adicional.
El proyecto fue presentado por el presidente legislativo, Rodrigo Arias, y su compañero de bancada Danny Vargas, del Partido Liberación Nacional (PLN). La iniciativa forma parte de los 10 proyectos prioritarios del Congreso destinados a abordar la inseguridad.