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Май
2024

Impuesto a las Ganancias: ¿cómo se computan el aguinaldo y los bonos con el nuevo proyecto?

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Impuesto a las Ganancias: ¿cómo se computan el aguinaldo y los bonos con el nuevo proyecto?

El capítulo fiscal próximo a tratarse en la Cámara de Senadores propone cambios en el impuesto sobre los conceptos incluidos en la base imponible. Posibles saltos de escala y devoluciones con pérdida de poder adquisitivo por efecto de la inflación

El capítulo fiscal que acompaña la Ley Bases, próximo a tratarse en la Cámara de Senadores, propone cambios en el Impuesto a las Ganancias. No solo respecto al esquema de liquidación, Mínimo No Imponible (MNI) y deducciones en lugar del piso, sino también de las exenciones. En caso de aprobarse, ¿Cómo se va a tratar el aguinaldo y los bonos?

El proyecto que giró la semana pasada el oficialismo busca que lo paguen los trabajadores solteros a partir de un sueldo bruto de $ 1,8 millones, mientras que los casados con dos hijos lo hagan desde los $ 2,3 millones, montos en los que estarían incluidos nuevos conceptos.

"Todo pago recibido por cualquier concepto relacionado con su trabajo personal en relación de dependencia (sea pagado por su empleador o por un tercero) y/o con los demás conceptos abarcados en dichos incisos integrará la base imponible del impuesto de esta ley", estipularon en el artículo 88.

Así, quedarían comprendidos los gastos de representación, viáticos, viandas, movilidad, bonificación especial, protocolo, riesgo profesional, coeficiente técnico, dedicación especial o funcional, responsabilidad jerárquica o funcional, desarraigo, bono por productividad, horas extras o cualquier otro concepto, cualquiera fuera la denominación que se le asigne.

"Se eliminaría la exención por los bonos de productividad, fallo de caja, horas extras por diferencia entre el valor extraordinario y ordinario por los fines de semana y feriados y la deducción incrementada que tenía la zona patagónica. Todos los que venían deduciendo estos conceptos se le va a incrementar el costo del impuesto", afirmó el CEO de Lisicki Litvin & Asociados, César Litvin.

Con ello, dejarían estar vigentes los dictámenes que firmó la Dirección Nacional de Impuestos (DNI) con diferentes gremios (metalúrgicos, petroleros, aceiteros), bajo la órbita de la subsecretaría de Ingresos Públicos de la gestión anterior, Claudia Balestrini que aún continua en el cargo.

Por conceptos: ¿Salto de escala?

Por las retenciones mensuales que les hacen a los empleados del impuesto, el CEO de SDC Asesores Tributarios, Sebastián Domínguez, destacó que puede suceder que ante el cobro de un concepto adicional salten en la escala.

"Puede pasar que en un mes determinado el trabajador cobre un bono y pase a estar en una escala más alta, pero luego cuando se recalcula en el acumulado de todo el año, quizás esté en una más baja y se puede llegar a devolver impuesto", especificó.

En donde entrarían a jugar los efectos de la inflación, que ya acumuló en el primer trimestre un 51,6% (Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC)), porque en caso de que se retuviera de más recién se devolvería entrado el 2025.

La misma postura sostiene el socio de Ghirardotti & Ghirardotti, Mariano Ghirardotti, quien remarcó que el pago de estos conceptos puede hacer saltar a los contribuyentes dados a los tramos más cortos que tienen las escalas (que irían del 5% al 35%).

"Los saltos son más leves, es una progresividad atenuada", argumentó Litvin. Y agregó: "Hay que tener en cuenta que el MNI van a tener una actualización en septiembre de 2024 y a partir del año que viene de forma semestral (enero y julio)".

Deducción especial para aguinaldo

En cuanto al aguinaldo, se plantean cambios respecto a la legislación actual, que solo lo deja exento para aquellos asalariados que no superen el piso de los 15 Salarios Mínimos, Vitales y Móviles (SMVM) (hoy $ 2,3 millones) que plantea el régimen cedular.

"Si bien el aguinaldo deja de estar exento, habría una deducción especial de la doceava parte", remarcó Domínguez. Y argumentó que el objetivo de la misma es evitar que aquellos trabajadores que no estén alcanzados por el impuesto tampoco lo hagan cuando reciban el Sueldo Anual Complementario (SAC).