Qué significa un resultado negativo en la declaración de la Renta de Navarra
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En Navarra la fecha de inicio de campaña para presentar las declaraciones del Impuesto de la Renta y del Impuesto de Patrimonio está previsto que comience el martes 9 de abril y termine el jueves 27 de junio . Seis días después a cuando el Estado arranca su campaña de la Renta que se ha iniciado el 3 de abril y finalizará el 1 de julio. Una época que viene cargada de novedades fiscales. Uno de ellos tiene que ver con un nuevo umbral de renta desde enero de 2023 que ha pasado de 12.600 euros a los 14.500 euros. Y también es necesario recordar que los primeros días de campaña solo estará abierta la vía telemática en la aplicación «Renta online Navarra» que la Hacienda Foral de Navarra tiene a vuestra disposición en la página web https://hacienda.navarra.es Noticia Relacionada Cómo y cuándo consultar el borrador de la declaración de la renta Navarra 2023 - 24 V.L El impuesto del IRPF se podrá presentar a partir del próximo martes Declaración de la renta en Navarra y qué significa un resultado negativo o positivo Para muchos es un quebradero de cabeza con un laberinto de casillas a rellenar y datos que cumplimentar sin saltarse ningún detalle. Y en el interín, una de las mayores dudas surge cuando al hacer el borrador de la Renta la declaración sale negativa o a devolver . Una pequeña alegría favorable al contribuyente que supone que Hacienda Foral ingresará la cantidad establecida en la cuenta del aliviado ciudadano. El pasado 19 de abril procedió a devolver casi 105 millones de euros de las propuestas de declaración con resultado negativo. Esto ocurre porque Hacienda nos ha retenido más dinero del que debería y tiene que realizar una devolución. La Hacienda Foral hará esta operación mediante transferencia bancaria al número de cuenta que aparezca en tu declaración de la renta. Por eso nunca está de más, repasar cuidadosamente todos los datos presentados para asegurar el pago del dinero. Pero este no es el único escenario posible también puede ocurrir que el resultado de la declaración sea positivo , es decir a ingresar. Cuando esto pasa el contribuyente debe pagar la cantidad establecida. Y Hacienda te ofrece la opción de fraccionar el pago en dos veces sin intereses. El ingreso de la deuda resultante de las propuestas positivas será domiciliado en la cuenta bancaria que figura en la propia propuesta. El plazo para el primer pago es antes del 5 de julio. El del segundo, antes del 20 de noviembre. Si no se opta por la domiciliación , el pago deberá realizarse a través de la pasarela de pagos de Gobierno de Navarra, (Modelo P44), siempre y cuando la entidad financiera en la que está abierta la cuenta de cargo esté adherida a esa pasarela. Una duda que se puede resolver a través de esta página: http://www.navarra.es/home_es/Gobierno+de+Navarra/Organigrama/Los+departamentos/Economia+y+Hacienda/Organigrama/Estructura+Organica/Hacienda /Ayuda+e+impresos/Manual+de+Ayuda/Entidades.htm Otra forma es que los contribuyentes obtengan mediante el generador de impresos la carta de pago necesaria, el modelo 711, para abonarla en una entidad financiera colaboradora de Hacienda Foral de Navarra. Y por curiosidad hay que aclarar que existe un tercer necesario, menos habitual, que se produce cuando el resultado es cero . La campaña de la declaración de la renta en Navarra Para tener todo atado y bien atado, cabe recordar que tienes a tu disposición tres modalidades de presentación de tu declaración. Si optamos por la declaración presencial habrá un servicio de asistencia en la confección de autoliquidaciones que la Hacienda Foral de Navarra tendrá activo entre el 15 de abril y el 27 de junio de 2024 . Para ello previamente los contribuyentes tendrán que s olicitar una cita por vía telefónica o por internet en la página web de la Hacienda Foral de Navarra aportando el Número de Identificación Fiscal (NIF) y el Número de Identificación Personal (PIN) del interesado o por ejemplo empleando un certificado electrónico o Cl@ve. Cumplimentados estos pasos podrá presentar su declaración en las siguientes oficinas: Oficinas de Navarra donde presentar la declaración de la renta Oficinas en Navarra para hacer la declaración de la Renta presencial. Oficina Territorial de Pamplona (Calle Esquíroz, número 20 bis). Oficina Territorial de Tudela (Plaza Sancho el Fuerte, número 8). Oficina Territorial de Estella (Plaza Coronación, número 2). Oficina Territorial de Tafalla (Calle Cuatropea, número 2). Oficina Territorial de Santesteban (Calle Santa Lucía, número 6). Sin embargo, no podrás hacer uso de la modalidad presencial si eres un contribuyente con rendimientos íntegros en 2023 superiores a 100.000 euros. Tampoco aquéllos que obtengan rendimientos de actividades económicas, excepto quienes determinen el rendimiento neto por estimación directa especial. O los que declaren dos o más inmuebles arrendados en 2023 o cuyos ingresos totales por rendimiento del capital inmobiliario declarado en el año anterior sea superior a los 24.000 euros. Modalidad digital Si prefieres hacer la declaración vía internet, Hacienda Foral de Navarra dispone de un programa para ayudar a presentar la declaración que puedes descargar desde su página web https://hacienda.navarra.es. Y se considerarán válidas las declaraciones confeccionadas por otros programas, mediante procedimientos electrónicos, en la medida que contengan los datos personales y económicos para la determinación de la deuda resultante. La opción de presentarla por internet será del 9 de abril, y se prolongará hasta el 27 de junio. Además, se puede presentar electrónicamente por Internet las autoliquidaciones del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas a través del servicio de asistencia en la confección de autoliquidaciones prestado por entidades colaboradoras. En la página web de la Hacienda Foral, https://hacienda.navarra.es, podrá consultar cuáles son las entidades prestadoras de este servicio, así como los plazos y condiciones para la prestación. Modalidad telefónica Otra posibilidad es la asistencia telefónica para hacer las declaraciones. Dicho servicio se prestará en el periodo comprendido entre e l 15 de abril y el 27 de junio de 2024, previa cita. Pero no podrán acogerse a esta modalidad aquellos sujetos pasivos con rendimientos íntegros del trabajo en 2023 superiores a 100.000 euros anuales. Tampoco aquellos con dos o más inmuebles arrendados en 2023, cuyos ingresos totales en concepto de rendimiento del capital inmobiliario declarado en el año anterior superen los 24.000 euros. O que hubieran realizado en 2023 dos o más transmisiones de acciones u otros valores mobiliarios cuyo valor supere los 10.000 euros. En esta modalidad se puede acceder a la propuesta de autoliquidación confeccionada por Hacienda a través de la página web https://hacienda.navarra.es, donde podrán descargar y visualizar el contenido de la propuesta de autoliquidación confeccionada.