El Gobierno aprovechará una resolución judicial europea para encarecer más el despido
Yolanda Díaz prepara ya en la reforma de la nueva Ley de Empleo un cambio en las condiciones económicas de los despidos, que incluirá una mejora ostensible de las cantidades a percibir, que añadirían una mayor presión financiera sobre los empresarios. La intención del Ministerio que dirige es aprovechar el fallo del Comité Europeo de Derechos Sociales (CEDS) finalmente determina que el coste del despido en España es bajo para elevar el coste del despido en España, después de que desde Estrasburgo se haya dado la razón a una demanda de UGT en este sentido, tras establecer que la regulación actual "no protege suficientemente a los trabajadores". Como ya sucediera en casos anteriores -como el de Italia o el de Francia-, este Comité estima que "la legislación española tampoco es lo suficientemente reparadora ni disuasoria" en materia de despido .
Esta resolución todavía no es pública y no se conocerá oficialmente hasta el inicio del verano -entre junio y julio-, pero al haberse realizado un avance en favor de la demanda, Díaz ya ha activado a su equipo de Trabajo para que, a falta de que el Consejo de Ministros o el Consejo de Europa emitan su oportuna recomendación, vayan preparando el texto del nuevo despido que será incluido en la reforma de la Ley de Empleo que pretende aprobar esta legislatura.
Así, lo ha confirmado el propio secretario de Estado de Trabajo, Joaquín Pérez Rey, tras asegurar que el Ministerio que la reforma del despido será "imprescindible" tras la resolución, y recordó que esta medida ya estaba prevista en el programa del Gobierno de coalición PSOE-Sumar, por lo que "está escrito negro sobre blanco". En uno de sus apartados se habla expresamente de que "una de las reformas comprometidas con la ciudadanía es el cambio en el despido para mejorar la protección de las personas trabajadoras y dar cumplimiento a la Carta Social Europea. Por lo tanto, en la medida en la que esa resolución se sitúe en la línea de lo que ha hecho el Comité Europeo de Derechos Sociales con Italia, Finlandia o Francia, la previsión que está en el programa y los razonamientos que ha llevado a cabo reiteradamente Yolanda Díaz se cargan de sentido y, naturalmente, haría imprescindible una reforma para cumplir con nuestros compromisos internacionales", recalcó.
Precisamente, Díaz se ha manifestado "en multitud de ocasiones" sobre que el régimen jurídico del despido "difícilmente cumple con los estándares previstos en la Carta Social Europea", y sus críticas se han dirigido hacia el "carácter eficazmente reparador" de las sanciones derivadas del despido injustificado que "no siempre atienden a la realidad del daño que causa porque no tienen en cuenta las circunstancias subjetivas o de otro índole del trabajador", además de que esta medida debe acrecentar "el carácter disuasorio de las consecuencias que se prevén para el despido injustificado".
Toda esta cascada de acontecimientos que se avecinan es consecuencia de la demanda que UGT presentó ante el CEDS por el coste de despedir en España, ya que el sindicato considera que el actual sistema español de despido incumple "de manera manifiesta" lo consignado en el artículo 24 de la Carta Social Europea y el Convenio 158 de la OIT, por lo que la actual normativa española reguladora del despido "no ampara a los trabajadores frente a decisiones arbitrarias, sin causa real", donde la empresa "no tiene que hacer el mínimo esfuerzo por probar la causa que dice para justificar la extinción", apuntaban. En sus alegaciones, el sindicato reclamaba ante el Comité que, a la hora de determinar el importe de la indemnización por despido, se tuvieran en cuenta "las circunstancias personales y/o familiares de la persona despedida (como la edad, el sexo, la situación familiar o la ausencia de formación)", al entender que "el daño causado por el despido es mayor cuando el trabajador pertenece a colectivos especialmente vulnerables, que tienen más difícil encontrar un nuevo empleo".
Ya en su informe anual -publicado hace dos semanas-, el CEDS reseñaba que la legislación española respecto al despido improcedente "no permite a los jueces fijar una compensación adecuada a la pérdida sufrida por el trabajador al limitar la indemnización a 33 días por año trabajados con un máximo de 24 mensualidades".