La Junta anuncia nuevas medidas de flexibilización de la PAC agraria
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El Gobierno de Castilla-La Mancha anunció este lunes nuevas medidas de flexibilización de la PAC relativas a la condicionalidad reforzada a las Buenas Condiciones Agrarias y Medioambientales (BCAM) y al ajuste de algunos ecorregímenes. Dos meses después del anuncio de las primeras medidas, «vamos a volver a flexibilizar la PAC gracias al trabajo que estamos llevando a cabo desde el Gobierno regional, a la escucha de las organizaciones profesionales agrarias y cooperativas y al traslado insistente de nuestras peticiones al Ministerio» afirmó el consejero de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural, Julián Martínez Lizán. Estas nuevas medidas que se publicarán el lunes, 1 de abril, en el Diario Oficial de la región. El consejero insistió en el compromiso del Gobierno del presidente García-Page de «seguir trabajando sin descanso para lograr una PAC más adaptada al territorio», para lo cual «vamos a seguir escuchando a agricultores y ganaderos representados en las OPAS y también todas aquellas demandas que nos lleguen a través de la Mesa de Seguimiento y Coordinación del PEPAC», puesta en marcha el 6 de marzo. Igualmente recordó que el presidente García-Page va a llevar en abril la petición «de la necesaria revisión de la PAC al Comité de las Regiones y a la reunión con el Comisario de Agricultura». Noticia Relacionada estandar No Castilla-La Mancha posterga las elecciones al campo que pide Unión de Uniones EP Desde esta organización agreria consideran que Asaja, COAG y UPA «se han dormido en los laureles» y han perdido su capacidad representativa en la defensa de la agricultura y la ganadería, ya que «comen de la mano de la administración» Por lo que respecta a la condicionalidad reforzada, el consejero celebró que la Comisión Europea haya rebajado las exigencias. De las medidas relativas a estas BCAM, el consejero indicó que su flexibilización «se ve reforzada, junto con la concesión que se realizó a nuestra región, en la que todas las explotaciones de menos de diez hectáreas no tendrán que cumplir los condicionantes de las BCAM, es decir, la mitad de las explotaciones de Castilla-La Mancha». Respecto a la BCAM 5, relativa a la gestión de la labranza, las excepciones a las parcelas de cultivos leñosos beneficiarán a las parcelas de superficie igual o inferior a una hectárea o en el caso de parcelas irregulares o alargadas, cuya dimensión mínima en el sentido transversal de la pendiente sea inferior a 100 metros en cualquier punto de la parcela. También a las plantaciones implantadas con anterioridad al 1 de enero de 2023, cuyo diseño de plantación, sistema o riego o sistema de conducción no permita realizar laboreo transversal a la dirección de la máxima pendiente y, por último, a las plantaciones implantadas con posterioridad al 1 de enero de 2023 donde las condiciones agronómicas debidamente justificadas determinen una concreta orientación de la plantación que impida el laboreo vertical. Las excepciones a las obligaciones en la BCAM 6, que afecta a la c obertura mínima del suelo , son en los cultivos herbáceos de invierno, en los que se permiten el abonado en verde y labores verticales sobre los rastrojos tras su recolección; en los cultivos leñosos se podrá cumplir la condición mediante cubiertas inertes; y en barbecho se permite la aplicación de enmiendas orgánicas y purines durante todo el año. Respecto a la BCAM 7, relativa a la rotación de cultivos, para el cumplimiento de la condición se proponen dos alternativas a elección del agricultor: rotación o diversificación. En cuanto a la rotación, se permite realizar una rotación de cultivos en todas las parcelas de la explotación excepto aquellas con cultivos plurianuales, siendo 2023 el primer año a tener en cuenta a fin de establecer la fecha de inicio de la rotación. Cuando exista un cultivo secundario en el mismo año que el cultivo principal, éste se considerará parte de la rotación y no computaría las tierras en barbecho. En cuanto a la diversificación, se verificará que, si la tierra de cultivo es igual o superior a diez hectáreas e igual o inferior a 30 hectáreas, se deben cultivar, al menos, dos cultivos diferentes sin que el mayoritario suponga más del 75 por ciento de la tierra de cultivo. Si la tierra de cultivo es superior a 30 hectáreas, se deben cultivar, al menos, tres cultivos diferentes sin que el mayoritario suponga más del 75 por ciento y, además, los dos cultivos mayoritarios juntos no podrán ocupar más del 95 por ciento de la misma. Por último, en cuanto a la BCAM 8.1, sobre elementos no productivos , se eliminan las obligaciones de cumplimiento de la condición sobre el establecimiento de superficies no productivas. Ecorregímenes El segundo bloque de medidas está relacionada con la flexibilización de los ecorregímenes. Un logro que, según Martínez Lizán, «ha sido posible gracias a la labor de interlocución que mantenemos con el Ministerio, que nos ha dado vía libre a profundizar en la flexibilización de algunos ecorregímenes». El consejero explicó que en la práctica de pastoreo extensivo habrá una reducción de la carga ganadera mínima en pastos húmedos a 0,2 Unidades de Ganado Mayor (UGM) y en pastos mediterráneos a 0,1 UGM por hectárea. Respecto a la rotación de cultivo con especies mejorantes, se establece un incremento del porcentaje de barbecho hasta un máximo del 40 por ciento. Por último, en las prácticas de cubiertas vegetales espontáneas o sembradas en cultivos leñosos y de cubiertas inertes en cultivos leñosos, se permitirán, de forma excepcional, aquellas labores superficiales poco profundas, que no supongan, en ningún caso, la modificación de la estructura del suelo.