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Февраль
2024

El Gobierno aprueba la ley de Familias de Belarra pero abierto a modificaciones

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El Gobierno aprueba la ley de Familias de Belarra pero abierto a modificaciones

Se sustituye el término de "familias numerosas" por el de "familias con mayores necesidades de apoyo a la crianza"

El Consejo de Ministros ha aprobado este martes 27 de febrero el proyecto de Ley de Familias, en la redacción original que preparó la antecesora del actual ministro de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 20230, Pablo Bustinduy, Ione Belarra, aunque dispuesto a introducir cambios en el Congreso, como mantener la denominación 'familias numerosas', que desaparece de la norma.

Bustinduy, ha dicho que se trata de un "hito" en la política social de España, una ley que busca garantizar la protección económica y social a las familias, profundizar su derecho a la conciliación y avanzar en el reconocimiento jurídico y la protección de los derechos de las familias. El Ministerio de Derechos Sociales ha llevado al Consejo de Ministros el mismo texto que impulsó Ione Belarra en la pasada legislatura -a la que ha agradecido el impulso de este proyecto- y que decayó por la convocatoria de elecciones. El objetivo es que la ley no tenga que pasar de nuevo por los órganos consultivos y sea aprobada cuanto antes.

De hecho, el Ejecutivo solicitará también la tramitación de urgencia de la norma en el Congreso. Según fuentes de Derechos Sociales, se presentarán enmiendas para poder modificar el texto con medidas incorporadas en el acuerdo de Gobierno entre PSOE y Sumar.

La norma asimila las familias monoparentales con dos hijos a las numerosas y reconoce la diversidad de modelos familiares, como las adoptivas, reconstituidas, LGTBI, con algún miembro con discapacidad, múltiples o acogedoras. Por contra, quedan fuera de la ley la prestación universal por crianza, la ampliación a 20 semanas de los permisos por nacimiento y adopción y la retribución del nuevo permiso para madres y padres de 8 semanas hasta que su hijo cumpla 8 años.

Las familias numerosas -unas 800.000 en la actualidad- pasan a denominarse "familias con mayores necesidades de apoyo a la crianza", algo que rechazan las organizaciones que representan al colectivo. Sin embargo, fuentes de Derechos Sociales aseguran estar abiertos a recuperar la denominación original durante el trámite parlamentario si eso ayuda a que la ley cuente con el mayor consenso en el Congreso.

Con esta norma, la categoría especial de familias numerosas pasará de 5 a 4 hijos (a 3 hijos en el caso de parto múltiple o de familias de rentas bajas establecidas en un umbral del 150 % del Iprem). También pasarán a ser familias numerosas aquellas con dos hijos en las que haya un progenitor con un 33 % de discapacidad, y se recogerán los supuestos de unidades familiares en las que convivan hijos de uniones anteriores, que también podrán optar a este título.

También otorga ese título a los hogares encabezados por una víctima de violencia de género o por un cónyuge que haya obtenido la guardia y custodia exclusiva sin derecho a pensión de alimentos, y aquellos con dos hijos en la que un progenitor esté en tratamiento hospitalario durante un año o haya ingresado en prisión. En el caso de separación o divorcio, y siempre que haya custodia compartida, ambos progenitores podrán disfrutar del título de familia numerosa de forma simultánea.

La ley reconoce por primera vez la existencia y las necesidades específicas de las familias monoparentales, más de 2 millones de hogares y, en el 81 % de los casos, encabezados por una mujer. Así, crea un título de familia monoparental y le garantiza el acceso gratuito a una guardería pública durante 16 semanas dentro de los dos primeros años de vida del niño.

Se consideran familias monoparentales las que están compuestas por un único progenitor y su hijo o hijos, pero también aquellas en las que la guarda y custodia sea exclusiva de uno de los progenitores o en el casos de violencia de género. El título de familia monoparental será expedido por la comunidad autónoma de residencia, pero tendrá validez en todo el territorio nacional y será compatible con el título de familia numerosa, aunque los beneficios no se podrán acumular.

La ley establece una serie de garantías para que no se produzcan discriminaciones en el acceso de estas familias a una vivienda protegida, becas, ayudas educativas, transporte público, etc. La norma mejora el fondo de garantía de alimentos, que garantiza la pensión alimenticia en el caso de que un progenitor no la pague. Se pasa de los actuales 100 euros por un máximo de 18 meses a un máximo de 500 euros que se podrán prorrogar indefinidamente mientras perdure el impago.