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Январь
2024

El juez García Castellón admite que empezó a investigar a Puigdemont por terrorismo en plena negociación de la amnistía

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Dos resoluciones de este jueves del juez de la Audiencia Nacional Manuel García Castellón han confirmado al instructor del caso Tsunami como el principal ariete judicial contra la amnistía. Por un lado, el magistrado ha admitido que empezó a investigar al expresident de la Generalitat, Carles Puigdemont el pasado mes de noviembre, en plena negociación por la ley de olvido penal del procés, pese a que abrió la causa cuatro años antes. En otro documento, el magistrado ha replicado el nuevo redactado sobre el terrorismo en la norma pactado entre el PSOE y los independentistas y ha deslizado de nuevo su intención de no amnistiar la causa de Tsunami Democràtic.

En una providencia, a la que ha tenido acceso elDiario.es, el juez responde a la petición de líder de Junts, que el pasado mes de noviembre preguntó al magistrado si lo empezó a investigar por las protestas de 2019 pese a la inmunidad que tiene como eurodiputado. La respuesta del instructor ocupa apenas siete líneas y en ella viene a admitir la coincidencia de fechas de decisiones procesales de calado con hitos políticos de la amnistía y la investidura de Pedro Sánchez, que ha provocado una tormenta entre el Poder Ejecutivo y el Judicial.

El instructor responde que la fecha en la que se comenzó a investigar a Puigdemont "es la del 6 de noviembre de 2023 y que, salvo error u omisión", en la causa de Tsunami "no consta la existencia de comunicación alguna, ni recibida ni remitida, al Parlamento Europeo". Esta es la contestación del juez a la pregunta que le había hecho Puigdemont sobre si empezó a investigarlo pese a su condición de aforado, que antes le obligaría a pedir un suplicatorio ante la Eurocámara.

La respuesta del magistrado es un nuevo capítulo en la polémica por el uso político del caso Tsunami que los independentistas reprochan a García Castellón. Ante la sospecha de que el juez lo investigaba en secreto, Puigdemont pidió hace unos meses al Parlamento Europeo activar el procedimiento de defensa de su inmunidad, si bien el pasado 2 de octubre le fue denegado porque la Audiencia Nacional aseguró a la Eurocámara que no había “ninguna investigación” contra el expresident.

Solo un mes después, sin embargo, Puigdemont sí estaba investigado en el caso, en concreto desde el 6 de noviembre, como ahora certifica el juez García Castellón, quien le ofreció comparecer voluntariamente como investigado antes de proceder a pedir permiso al Supremo para solicitar el suplicatorio a la Eurocámara.

La decisión del juez de imputar a Puigdemont en Tsunami fue sorpresiva, toda vez que en su informe final sobre el caso, la Guardia Civil no dio un papel destacado al líder de Junts en Tsunami. No obstante, el instructor sí atribuye a Puigdemont un “rol de liderazgo” en las protestas. Lo contrario mantiene el fiscal, que apoyado en el informe de la Guardia Civil, remarca que Puigdemont aparece solo en una de las conversaciones interceptadas y otorga un papel residual al expresident, insuficiente para ser imputado.

Referencia al nuevo redactado de la ley

Las resoluciones del instructor con la ley de amnistía de horizonte no terminan aquí. El juez ha vuelto a deslizar su intención de no aplicar la amnistía y plantear una batalla judicial contra la norma a nivel europeo en otro auto de este jueves, en el que sostiene que no se puede descartar "el ánimo homicida" en las graves lesiones que sufrió un policía en una protesta de los CDR el 18 de octubre de 2019, unos altercados que el instructor vincula con Tsunami Democràtic, pese a que no los convocó la plataforma.

El juez vuelve a mostrar su oposición a amnistiar el caso Tsunami en un auto dictado apenas dos días después de la enmienda pactada por PSOE, ERC y Junts a la ley de amnistía para incluir los delitos de terrorismo en el olvido penal del procés siempre y cuando no hubieran causado violaciones graves de derechos humanos de forma manifiesta y con intención directa. De esta forma, los partidos pretendían blindar la inclusión en la amnistía del caso Tsunami. El juez ha vuelto a dejar por escrito que tiene otros planes.

Según el juez, las lesiones graves que sufrió un policía en la protesta de la plaza Urquinaona de Barcelona "no pueden minimizarse" y resultan "incompatibles con el derecho a la vida e integridad física reconocidos en el artículo 15 de la Constitución española y el artículo 2 del Convenio Europeo de los Derechos Humanos".

Ese es precisamente el artículo citado en las enmiendas introducidas en la ley para establecer qué tipo de delitos de terrorismo pueden ser amnistiados y cuáles no. Es decir, el juez vuelve a apuntar que el caso Tsunami queda fuera de la ley de amnistía pese a los cambios del bloque de la investidura en el Congreso para protegerla del posible boicot de los tribunales.

La mención al Convenio Europeo de Derechos Humanos aparece en el auto del magistrado por el que rechaza el recurso presentado por una de las investigadas contra la personación en el procedimiento de dos agentes de policía que sufrieron heridas de gravedad en los incidentes ocurridos el 18 de octubre de 2019 en la plaza de Urquinaona y Vía Laietana de Barcelona, tras conocerse la sentencia del procés.

En su recurso, que contaba con el apoyo de la Fiscalía, la defensa de Marta M., ejercida por la penalista Marina Roig, alegaba que esos disturbios no eran imputables a Tsunami sino a los Comités de Defensa de la República (CDR), ya que fueron estos segundos los convocantes de la protesta de ese día y no los primeros, responsables únicamente de la convocatoria para intentar bloquear el Aeropuerto de El Prat.

Pero el juez desecha ese argumento porque Tsunami, en su opinión, no fue un "invitado de piedra" a las movilizaciones que se alargaron durante toda una semana en Catalunya tras la sentencia del Supremo, dado que la plataforma había anunciado en redes sociales la convocatoria de una huelga general y había llamado a "bloquear el país".