Corte desecha controversia constitucional de Sandra Cuevas sobre Ángel de la Independencia y falla a favor del gobierno de CdMx
La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) desechó la controversia constitucional presentada por la alcaldesa de Cuauhtémoc, Sandra Cuevas, quien impugnó la decisión del Gobierno Federal de entregar de manera provisional la Columna del Ángel de la Independencia al Gobierno de la Ciudad de México.El proyecto de sentencia fue presentado por la ministra Yasmín Esquivel Mossa, y en este se destacó que la alcaldía Cuauhtémoc no puede impugnar el cambio en la posesión de dicho monumento pues ello no invade alguna de las competencias que le otorga la Constitución.Por unanimidad, los ministros avalaron el proyecto de la ministra, quienes coincidieron que el Ángel de la Independencia es un inmueble propiedad de la Federación, y que, por tanto, no pertenece a ninguna alcaldía de la Ciudad de México.Con este fallo, quedaron sin efectos las suspensiones que le permitían hasta hace unos días dar mantenimiento al monumento.El 15 de septiembre de 2023, la Secretaría de Hacienda emitió el acta a través de la cual hizo la entrega física, jurídica y administrativa de manera provisional del monumento al gobierno que encabeza Martí Batres.Sin embargo, la alcaldesa alegó que la citada acta invade la autonomía de organización política y administrativa respecto a las actividades de posesión, custodia, conservación, mantenimiento y difusión. Por ello, presentó una controversia constitucional y pidió que la alcaldía mantuviera la posesión, incluido el mirador y mausoleo, mismos que tenía en sus manos desde el 16 de septiembre de 1998.Aseguró que la entrega del monumento al gobierno de la Ciudad de México genera una afectación en la gobernabilidad de su alcaldía, porque el gobierno local adopta decisiones que van contra los procedimientos de ley y de la autonomía de la alcaldía.Posteriormente, en octubre, el ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá rechazó dejar sin efecto el acta y únicamente concedió la suspensión a la quejosa para el efecto de que el personal de dicha alcaldía diera cuidado, mantenimiento y preservación a la Columna de la Independencia, pero con la resolución de hoy, ya no podrá hacerlo.RM