El permiso de lactancia que prometió el Gobierno se cae: ¿Cuántos días me corresponden ahora?
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El nuevo permiso de lactancia , del que Yolanda Díaz , vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo siempre habló de ampliarlo «hasta un total de 28 días», no ha visto finalmente la luz. Es decir, todas las madres y padres trabajadores vuelven a quedarse como estaban pues el Real Decreto Ley 7/2023 ha quedado anulado. Aunque ya os explicamos que dicho permiso no era de 28 días , la realidad es que todo ha quedado en una intentona que el nuevo Gobierno no ha logrado sacar adelante. Noticias Relacionadas estandar No El nuevo permiso de lactancia no es de 28 días: esta es la fórmula para que sepas calcularlo Ana I. Martínez estandar Si «El TJUE puede sancionar a España por no cumplir con la directiva de conciliación pero no sabemos cuándo» Ana I. Martínez Fue el pasado mes de diciembre cuando el Ejecutivo aprobó el Real Decreto Ley 7/2023 que, entre otras cosas, modificaba el artículo 37.4 del Estatuto de los Trabajadores. Aunque la nueva normativa jamás contempló ampliar los días de disfrute, sí reconocía el derecho de las personas trabajadoras a acumular en días el permiso por cuidado del lactante , como realmente se llama, en aquellos casos en los que el convenio colectivo no lo recogiera. «Un real decreto ley puede ser aprobado por el Gobierno pero después el Congreso tiene que aprobarlo en los 30 días siguientes», recuerda a este diario Aida Casanova , abogada experta en Derecho de Familia. «Si no lo convalidan, como ha sucedido, hay que derogarlo». Es el artículo 86 de la Constitución el que regular la elaboración de las leyes. Recoge que «En caso de extraordinaria y urgente necesidad, el Gobierno podrá dictar disposiciones legislativas provisionales que tomarán la forma de Decretos-leyes y que no podrán afectar al ordenamiento de las instituciones básicas del Estado, a los derechos, deberes y libertades de los ciudadanos regulados en el Título I, al régimen de las Comunidades Autónomas ni al Derecho electoral general», y que «deberán ser inmediatamente sometidos a debate y votación de totalidad al Congreso de los Diputados, convocado al efecto si no estuviere reunido, en el plazo de los treinta días siguientes a su promulgación. El Congreso habrá de pronunciarse expresamente dentro de dicho plazo sobre su convalidación o derogación». ¿Qué ha pasado? Este RD no fue aprobado en el Congreso de los Diputados el pasado 10 de enero al encontrarse con la negativa de Podemos, PP, Vox y UPN, de tal manera que, ese mismo día, el BOE publicó la resolución por la que se deroga la medida. En realidad, no se votó en contra del permiso de lactancia. El Real Decreto Ley 7/2023 pretendía modificar la reforma del subsidio de desempleo (Podemos consideró que perjudicaba a las pensiones de los parados mayores de 52 años, puesto que la nueva normativa pretendía bajar del 125% al 100% la base mínima de cotización), algo que no fue apoyado por el resto de partidos. Al votar en su contra, el permiso de lactancia se vio invalidado también. Conviene señalar que con el Real Decreto Ley 7/2023, el Gobierno pretendía dar un paso en el largo camino que aún le queda por recorrer para cumplir con la Directiva (UE) 2019/1158 del Parlamento Europeo y del Consejo , de 20 de junio de 2019, relativa a la conciliación de la vida familiar y la vida profesional de los progenitores y los cuidadores. De hecho, la Comisión Europea ha llevado a España ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea ( TJUE ) por no transponer plenamente la Directiva, algo que tendría que haber hecho antes del verano de 2022 a pesar de las prórrogas otorgadas. Permiso de lactancia: ¿Cuántos días me corresponden? Por tanto, la acumulación de la hora de lactancia en días ya no es un derecho universidad para madres y padres trabajadores, a no ser que el convenio colectivo de la empresa en la que trabajen sí lo recoja o el progenitor lo acuerde de manera individual con su compañía. Quienes vayan a tener un hijo en los próximos meses, tendrán que consultar el convenio colectivo de su empresa para saber cuántos días le corresponden, pues es un permiso intransferible e individual. En líneas generales, los convenios estipulan 14 o 15 días. Si no lo tienen recogido, padres y madres pueden negociar con su compañía la posibilidad de acumular el tiempo que les corresponde en jornadas completas, teniendo en cuenta que éste es remunerado hasta que el bebé cumpla los 9 meses. Para calcularlo, se ha de dividir el número de días que le quedan al bebé hasta los 9 meses por las horas de trabajo que te corresponden por jornada laboral, tal y como estipuló la sentencia 986/2023, de 21 de noviembre, del Tribunal Supremo. MÁS INFORMACIÓN noticia No Las excedencias por cuidado de hijo menor siguen llevando nombre de mujer noticia No Permiso parental de 8 semanas sin remunerar: la letra pequeña de ésta y de las otras medidas para conciliar noticia No 'Madre no hay más que una', una oda a la maternidad en un país sin hijos noticia No Una sentencia dicta que la reducción de jornada por cuidado del menor no implica poder elegir el horario laboral Quienes no lo puedan acumular en jornadas completas, que es lo que pretendía el Gobierno, tendrán que disfrutarlo de una de las tres maneras que estipula el Estatuto de los Trabajadores en su artículo 37.4: - Una hora al día. - Dos fracciones de media hora distribuidas a lo largo de la jornada. - Reducción de media hora diaria.