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Январь
2024

Blanqueo de capitales con criptomonedas en la mira: cuánto hay sin declarar y las dudas del proyecto

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Blanqueo de capitales con criptomonedas en la mira: cuánto hay sin declarar y las dudas del proyecto

El nuevo "Régimen de Regularización de Activos", que impulsa el Gobierno mediante la ley ómnibus, incluye una novedad en su alcance. El futuro y la falta de incentivos para el ingreso según los tributaristas.

Con la ley ómnibus, el Gobierno tiene la intención de impulsar un "Régimen de Regularización de Activos" a los fines de aumentar en el corto plazo la recaudación del estado. Una herramienta a la cual apelaron las últimas gestiones, pero que contiene una novedad: la posibilidad de blanquear criptomonedas y criptoactivos.

Los cuales ascenderían a una cifra atractiva para el Gobierno y su meta de equilibrio fiscal para el 2024. Según detalló la empresa Saldo, de intercambio de dinero digital, a cargo del CEO Pablo Reyes, en Argentina hay más de u$s 100.000 millones sin tributar. 

 A partir del artículo 137, el proyecto del oficialismo estipuló que entre los bienes en el exterior estarán alcanzadas las "criptomonedas, criptoactivos y otros bienes similares, sin importar quién fue su emisor, (...) titular o donde estuvieran depositadas, custodiadas o guardadas".  

Y es en esa generalidad que, para el experto tributario, Mariano Ghirardotti aún no se puede evaluar el éxito de la propuesta. "El texto es muy abierto. En caso de aprobarse, se tendrán que evaluar los requisitos que establezca la reglamentación en cuanto a la documentación a presentar para acreditar la titularidad", afirmó.

Aunque destacó que la autorización para celebrar contratos en dólar cripto, a partir del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU), resulta de un incentivo adicional para el ingreso al régimen. Al menos en el corto plazo, frente a las dificultades para acceder a la moneda estadounidense a causa del cepo cambiario.

Pero para el contador especializado en criptomonedas, Marcos Zocaro el principal desincentivo, está en el criterio por el cual se le asignará el valor, que será el mayor que resulte de la comparación entre el del mercado -a la fecha en que se regulariza- o el de adquisición.

Sobre este mismo punto, la organización no gubernamental, Bitcoin Argentina, a cargo del presidente Ricardo Mihura, ya sugirió cambios. "Los criptoactivos podrían reducir su precio en gran medida desde su adquisición, por lo que declarar un valor mayor que el de mercado como base imponible significa cargarlos con un mayor impuesto efectivo, lo cual resulta arbitrario y, en definitiva, genera un fuerte desincentivo", destacaron en el comunicado.

Legislación ambigua

Mientras que para la socia de LFS Tax, Florencia Fernández Sabella, los condicionantes se encuentra en la ambigüedad de la legislación sobre criptomonedas. Ya que si bien, con la reforma en 2017 del Impuesto a las Ganancias (Ley 27.725), se incorporó el concepto de moneda digital, no hay una definición que permita la categorización.

"Si hoy vas a blanquear tus criptomonedas, no tendrías certezas de como pagas tus impuestos después", afirmó Fernández. Y detalló: "En Bienes Personales había un dictamen de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) que decía que las criptomonedas eran bienes intangibles, por lo que estaban exentas, pero después lo dieron vuelta. Tampoco lo hay sobre los patrimoniales".

A su vez, de que, en caso de ingresar al régimen, los contribuyentes le brindarían al fisco información sobre activos que de otro modo no podría conseguir. Con el precedente de que con los cambios de gobierno se recurre a la iniciativa a un promedio de tres, cuatro años.

Tabla extraída de "Ley de Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos".

En término generales, ambos coinciden que quienes ingresen al régimen lo harán en caso de tener un destino puntual. "En el ecosistema hay un rechazo al blanqueo. Por lo que solo lo van a hacer para compra un bien registrable, pese a tener que pagar una alícuota", sostuvo Zocaro .

Los cuales cambiarán según la fecha en la que se ingrese. La letra chica del proyecto estipula que quienes lo hagan en la "Etapa 1" que será desde la entrada en vigencia hasta el 31 de marzo de 2024, inclusive pagarán el 5%; en la siguiente, del 1º de abril al 30 de junio, inclusive, el 10%; y en la "Etapa 3" del 1º julio al 30 de septiembre, inclusive, el 15%.