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Январь
2024

¿Qué pasa si Ernestina Godoy no es ratificada? Esto dice la ley de la CdMx

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El Congreso de la Ciudad de México (CdMx) arrancó entre clamores, aplausos y quejas el debate dela ratificación de Ernestina Godoy Ramos como Fiscal General de Justicia de la capital. El reloj marcaba las 10:00 horas del 8 de enero cuando el legislativo capitalino reanudó la discusión pospuesta desde el pasado 13 de diciembre, en la cual se determinará si la titular de la FGJCdMx continuará en su encargo por cuatro años más. Pero la bancada de Morena y sus aliados van a contrarreloj.Al cierre de esta edición Godoy Ramos está a un día de culminar su periodo al frente de la institución de justicia capitalina, a la que fue designada por la ex Jefa de Gobierno Claudia Sheinbaum. La Ley Orgánica del Congreso capitalino indica en su artículo 119 que la persona titular de la FGJ durará cuatro años en su encargo con opción a ser ratificada por un periodo más. Esto siempre y cuando sea avalado por las dos terceras partes del legislativo; un apoyo que el bando de la 4Tno cuenta por sí solo.En caso de rechazo...De tener audiencia llena en el Congreso (66 diputados y diputadas), Ernestina Godoy necesitaría 44 sufragios a favor de su permanencia hasta el 2028. Sin embargo, algunas voces del guinda presagiaban que, quizá, no se lograría su cometido. “Probablemente no contemos con los votos, eso lo sabemos. Pero con lo que sí contamos es con la razón y dignidad“, reconoció desde la tribuna la legisladora Ana Francis López.Si el Congreso de la CdMx rechaza la ratificación de Ernestina Godoy Ramos, se deberá acatar a los lineamientos de su Ley Orgánica para la designación de una o un nuevo Fiscal General.El procedimiento para nombrar al nuevo o la nueva encargada de la FJG empieza en el Consejo Judicial Ciudadano, el cual enviará al Jefe de Gobierno— hoyMartí Batres Guadarrama— una terna de candidatas y/o candidatos previamente aprobada por las dos terceras partes de sus integrantes. Una vez recibida la tripleta, el mandatario capitalino contará con 15 días hábiles para escoger y remitir a la Mesa Directiva del Congreso el nombre de una persona candidata. Ya en su poder, la Mesa Directiva debe turnar la propuesta de manera inmediata a la Comisión de Administración y Procuración de Justicia. ​La persona propuesta por el Jefe de Gobierno será entrevistada en sesión con integrantes de la Comisión en un plazo máximo de cinco días naturales. Cuando el encuentro concluya, la junta entrará en sesión permanente a fin que al día siguiente se “analice, estudie, discuta y vote el proyecto de dictamen respectivo de la propuesta”.De recibir ‘luz verde’, la postulación avanza a la Mesa Directiva para considerarla en la orden del día de la sesión siguiente del Pleno a efecto de su debate y posterior sufragio. La o el próximo Fiscal será electo toda vez que reciba el apoyo de las dos terceras partes de las y los diputados presentes. ¿Y si no se aprueba la terna?La Mesa Directiva informará de manera inmediata al Jefe de Gobierno y al Consejo Judicial Ciudadano el eventual rechazo a la propuesta. Ante ello, esta última autoridad deberá formular y enviar una nueva terna al Titular del Ejecutivo capitalino.En contraste con la primera etapa, en esta segunda fase el mandatario puede considerar y enviar a las tres candidaturas al Congreso para su discusión y votación. Al respecto la Ley Orgánica aúna que en la nueva tripleta podrán incluirse “las dos personas que estaban propuestas en la primera terna (...) y que no fueron designadas en ese momento”. “Este procedimiento se seguirá en hasta en tanto se nombre a la o el Titular de la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México”, ataja el artículo 120 de la legislación.Por su parte la Ley Orgánica de la FGJ CdMx estipula que ante la ausencia de la persona titular de la institución quedará al frente en interinato el Coordinador General de Investigación Territorial quedará , en este caso Oliver Ariel Pilares Viloria. ASG​