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Январь
2024

Ministra Batres, ¿incurrió en error o manda un aviso?

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Al tomar posesión como nueva integrante de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, Lenia Batres criticó excesos e insuficiencia del Poder Judicial. Entre lo que denostó se encuentra algo que justo fue subsanado por el Congreso de la Unión. ¿Erró en su comentario o dio un adelanto de un talante policiaco?

Más allá del ruido mediático por sus declaraciones políticas del 4 de enero, conviene retomar lo que la nueva ministra mencionó en temas jurídicos, sobre todo porque calificó a la seguridad y procuración de justicia como el “principal problema del país, que desde hace un cuarto de siglo nos aqueja”.

La ministra Batres dijo ese día que ve “poco desarrollados, tanto legislativa como instrumental y jurisdiccionalmente”, derechos que “corresponden básicamente a dos ámbitos, el de la igualdad y la justicia social, y el de la seguridad ciudadana y las garantías penales”.

En el último de esos rubros, mencionó que para que los mexicanos alcancen el “disfrute de la seguridad ciudadana: (se requiere de) políticas, normas y mayor armonía entre las acciones de los tres poderes hacia el combate de la incidencia delictiva, por un lado, y con relación a la normativa sobre el tema”.

Abundó: “Me refiero a toda aquella que regula los instrumentos y los órganos del Estado, como a los derechos que identificamos como garantías penales, presunción de inocencia, derecho a recibir sentencia y a contar con tribunales independientes e imparciales ante los que se pueda acudir fácilmente para obtener una justicia pronta y expedita (…)”.

“Si algunos elementos de las policías preventivas ministeriales o de la Guardia Nacional cometen errores en el llenado, por ejemplo, del famoso informe policial homologado, los juicios deberían tener algún momento procesal para subsanar esos errores, es decir, para que opere la suplencia de la queja en favor de las víctimas en vez de generar impunidad en la persecución de los delitos”.

O la ministra desconoce que tras de que lo hicieran los diputados, en diciembre el Senado aprobó por unanimidad reformar el Código Nacional de Procedimientos Penales para dar esa segunda oportunidad, o nos quiso decir otra cosa.

Baste mencionar que el 13 de diciembre la Cámara alta reformó los artículos 258 y 467 de ese Código para ampliar –como lo destacó al apoyar esos cambios la Conferencia Nacional de Procuración de Justicia– “el catálogo de resoluciones judiciales respecto de las cuales el Ministerio Público tiene la facultad de presentar el recurso de apelación”.

La minuta, según una tarjeta informativa que circuló en el Senado, “propone que sean apelables por el afectado la negativa de autorización de técnicas de investigación, como la intervención de comunicaciones privadas, la resolución que no revoca el no ejercicio de la acción penal, la declaración de ilegal detención, la anulación de datos de prueba, para que, sin suspender la decisión del juez, la alzada la revise y determine finalmente el sentido de la resolución”.

Difícil creer que la ministra Batres no advirtió que los legisladores ya dieron esa doble chanza a los ministerios públicos, lo que, por cierto, debería desatar una discusión sobre si no estamos machacando la presunción de inocencia.

Una de dos, o considera la reforma insuficiente y quiere más colmillos para policías y ministerios públicos, o está iniciando su periodo en la Corte alineada por partida doble con Palacio Nacional: ¿quiere, en paralelo con los abusivos balconeos que hay en la mañanera, que los jueces no pongan pero alguno al Ejército, la Guardia Nacional y a los cuerpos policiacos en general? ¿O pretende, al pedir más armonía en las acciones de los tres poderes, revivir el presunto mecanismo de arreglos que en tiempos de Zaldívar había y mediante el cual se planchaban con el Judicial los casos que le interesaban al Presidente?

Seguro pronto habrá noticias sobre lo que realmente busca, en este renglón, la ministra Batres.