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La Seguridad Social cambia las reglas desde hoy: las bajas médicas ya se notifican por vía electrónica

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Desde este 1 de septiembre, las personas que soliciten o perciban una prestación por incapacidad temporal deberán recibir las comunicaciones de la Seguridad Social por vía electrónica. Este cambio supone un paso más en la digitalización de la Administración y obliga a los beneficiarios a prestar especial atención a la sede electrónica de la Seguridad Social para no perder avisos que puedan afectar a sus prestaciones.

La medida está recogida en la Orden ISM/541/2026, de 27 de mayo, publicada en el Boletín Oficial del Estado el pasado 1 de junio. La nueva regulación amplía los colectivos que deben comunicarse con la Seguridad Social por medios electrónicos y extiende esta obligación a más trámites y prestaciones.

Uno de los principales cambios afecta a quienes se encuentren en situación de incapacidad temporal. A partir de ahora, tanto los solicitantes como los perceptores de esta prestación quedarán incluidos entre los colectivos que deben recibir determinadas comunicaciones por medios electrónicos. También se incorporan las personas que tengan expedientes relacionados con la incapacidad permanente o con las lesiones permanentes no incapacitantes.

La carta en papel deja de ser la vía habitual

El cambio modifica la manera en la que muchos trabajadores recibirán las resoluciones de la Seguridad Social. Los requerimientos de documentación, las resoluciones y otras comunicaciones relacionadas con el expediente pasarán a gestionarse a través de medios electrónicos, en lugar de depender del correo postal.

La Administración podrá enviar además un aviso al teléfono móvil o al correo electrónico del interesado cuando exista una nueva comunicación disponible. Para acceder al contenido será necesario entrar en la sede electrónica e identificarse mediante un sistema válido, como Cl@ve, certificado digital o DNI electrónico.

No abrir una comunicación no significa que quede paralizado el procedimiento. Según el sistema previsto, la notificación permanecerá disponible durante 10 días naturales. Si el ciudadano accede antes, quedará constancia de la recepción en ese momento. Si transcurre ese periodo sin consultar el documento, la notificación podrá darse por rechazada y el expediente continuará su tramitación.

Esto puede ser especialmente relevante cuando la comunicación desencadene un plazo para aportar documentos, formular alegaciones o presentar un recurso.

Una medida que afecta a un elevado número de trabajadores

La incapacidad temporal representa una de las prestaciones de mayor peso dentro del sistema de la Seguridad Social. Alrededor de 1,2 millones de personas se encuentran cada día de baja médica en España, lo que muestra el alcance potencial del nuevo modelo de comunicación.

La reforma pretende concentrar la relación con los beneficiarios en un entorno digital, agilizar la gestión de los expedientes y reducir la dependencia de las comunicaciones en papel. Al mismo tiempo, la normativa contempla mecanismos de asistencia destinados a evitar que las dificultades para utilizar medios electrónicos puedan provocar situaciones de indefensión.

La entrada en vigor de la obligación electrónica no significa que todas las comunicaciones de la Seguridad Social vayan a desaparecer del formato tradicional. Se contemplan situaciones en las que podrá seguir utilizándose el correo postal, entre ellas determinados casos en los que la Administración no disponga de los datos electrónicos necesarios, exista una circunstancia que requiera una actuación urgente o resulte necesaria una entrega presencial para garantizar la eficacia del trámite.

Tampoco todas las prestaciones quedan automáticamente sometidas a este cambio. La nueva obligación está específicamente vinculada a los colectivos y procedimientos incluidos en la modificación normativa, por lo que prestaciones como las pensiones de jubilación, viudedad y orfandad o el Ingreso Mínimo Vital no pasan por sí solas a estar sujetas a esta nueva modalidad por el mero hecho de ser prestaciones económicas.