El TSJA absuelve a tres hombres condenados por agresión sexual durante una fiesta a una chica en Roquetas de Mar
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La Sala de Apelación del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha absuelto a tres hombres que habían sido condenados a penas de entre seis y once años de prisión por agresión sexual a una joven en un piso de Roquetas de Mar (Almería). El tribunal considera que la versión de la denunciante carece de la mínima fuerza de convicción debido a su contradicción con las declaraciones de acusados y testigos. La resolución estima íntegramente los recursos presentados por las defensas y revoca la sentencia dictada por la Sección Tercera de la Audiencia de Almería. Según los magistrados, no existen pruebas fehacientes ni elementos de corroboración que acrediten los delitos que se dieron por probados en primera instancia. Los hechos se remontan a la noche del 19 de diciembre de 2020, cuando la joven acudió a una fiesta de cumpleaños junto a una amiga en una vivienda en la que había unas quince personas. Según recoge la sentencia, había consumido alcohol antes de llegar y durante la fiesta, además de fumar porros, lo que le provocó un estado de embriaguez que, a juicio del tribunal, derivó en confusión sobre lo ocurrido. De acuerdo con la resolución, la denunciante mantuvo relaciones sexuales con dos de los acusados en distintos momentos de la madrugada, sin que conste que fuera obligada o forzada. En cuanto al tercer acusado, el TSJA descarta que llegara a mantener relaciones sexuales con ella. El tribunal subraya contradicciones en las declaraciones de la denunciante en sede policial y judicial, especialmente respecto al tercer acusado, a quien los testigos no situaron en contacto con la joven . En relación con los otros dos procesados, la Sala admite que existieron relaciones sexuales, pero entiende que las inconsistencias en el testimonio impiden considerar probado que no fueran consentidas. La versión de los acusados, que sostuvieron que hubo consentimiento , fue respaldada por testigos que señalaron que vieron a la joven intimar con uno de ellos durante la fiesta, en un contexto de constante entrada y salida de personas de la habitación. El tribunal también considera relevante que la joven no comunicara ninguna agresión a los agentes de la Policía Local que la interceptaron al salir del inmueble por incumplir el toque de queda vigente entonces por la pandemia. Además, el informe forense practicado dos días después no recogió lesiones. Sobre los mensajes de WhatsApp enviados horas después a una amiga, en los que afirmaba sentirse «jodidamente violada» sin identificar a nadie, la Sala interpreta que reflejan una posición de rechazo hacia su propio comportamiento.
