ru24.pro
World News
Февраль
2026
1 2 3 4 5 6
7
8
9
10
11
12
13
14
15
16
17
18
19
20
21
22
23
24
25
26
27
28

Consigue indemnización y paro después de faltar una semana al trabajo sin avisar: la empresa cometió este error

0

Un trabajador logró ser indemnizado y cobrar la prestación por desempleo después de faltar una semana completa a su puesto de trabajo sin justificación previa. Este desenlace, aparentemente contradictorio, fue posible debido a un grave error procedimental cometido por la empresa, que ha sido explicado por el asesor fiscal José Ramón López Martínez.

El caso sirve como ejemplo de cómo el incumplimiento de los trámites legales puede invertir completamente las consecuencias de una falta laboral grave.

Según relata el experto, la situación se inició cuando el empleado acumuló siete días de ausencia sin avisar y sin presentar justificación alguna. Ante esta situación, la empresa optó por darle de baja directamente en la Seguridad Social, asumiendo que el trabajador había abandonado voluntariamente su puesto.

Sin embargo, este procedimiento fue el origen de su problema legal. La compañía incurrió en un defecto de forma al no notificar previamente al trabajador una carta de despido disciplinario que detallara los hechos y la causa de su posible cese, un requisito legal esencial.

La reclamación que aprovechó el vacío legal

El trabajador, al percatarse de que había sido dado de baja sin recibir ninguna notificación formal de despido, decidió actuar. Acudió al Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación (SMAC) de su provincia para iniciar una reclamación. Su argumento fue que, al no haber sido despedido mediante el procedimiento legal establecido, la baja administrativa constituía en realidad un despido improcedente. La empresa, por su parte, se encontraba en una posición débil al no poder acreditar haber seguido los pasos requeridos para un despido disciplinario por falta grave.

El asesor López Martínez subraya que, en sede judicial, el juzgado no solo valora los hechos (las faltas injustificadas), sino que examina minuciosamente si la empresa ha cumplido con el procedimiento legal. En este caso, al no haberse emitido la preceptiva carta de despido, el juez consideró que existía un defecto de forma insalvable. Esta negligencia procedimental por parte del empleador llevó a la calificación del cese como un despido improcedente, con todas sus consecuencias económicas.

Como resultado de esta sentencia, el trabajador obtuvo el derecho a percibir una indemnización equivalente a 33 días de salario por año trabajado y, además, pudo acceder a la prestación por desempleo. La administración y el tribunal interpretaron que, al no haber un despido disciplinario válido ni una baja voluntaria documentada, la empresa había tomado la decisión unilateral de finalizar la relación laboral sin causa justificada.