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Alcaldesa de San Isidro infringió neutralidad electoral por apoyar a Renovación Popular, alerta JEE

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El Jurado Electoral Especial (JEE) de Lima Oeste 1 determinó que la alcaldesa de San Isidro, Nancy Vizurraga, infringió la neutralidad electoral de cara a las Elecciones 2026. La razón es por haber compartido un comunicado en su cuenta oficial de Facebook en apoyo a la candidata de Renovación Popular, Norma Yarrow.

De acuerdo con el ente electoral, Vizurraga se encuentra afiliada al partido de Rafael López Aliaga y, al haber reposteado un comunicado de la organización política el pasado 5 de diciembre, contribuyó a la difusión y promoción de los símbolos, logos y mensajes partidarios del citado partido.

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Comunicado que compartió Vizurraga en redes sociales en apoyo a Norma Yarrow

La burgomaestre presentó sus descargos y afirmó que no redactó el comunicado, sino que solo se limitó a compartirlo junto con un mensaje de solidaridad y respaldo hacia la congresista. Además, mencionó que su declaración no se dio durante un evento público y que no pidió a los electores votar por algún postulante de Renovación Popular.

Sin embargo, el JEE recalcó que esos argumentos no son suficientes para descartar la vulneración al principio de neutralidad electoral, "toda vez que este deber alcanza también a aquellas expresiones que, sin constituir actos institucionales formales, son realizados por autoridades en ejercicio".

En esa misma línea, el ente electoral sostuvo que Vizurraga hizo el uso de su nombre e imagen al identificarse claramente como alcaldesa de San Isidro.

"La mención del cargo público asociada a un perfil personal, en contexto electoral, deja de constituir un acto meramente informativo y adquiere una connotación distinta, especialmente cuando dicho perfil es utilizado para resaltar la figura política de la autoridad, difundiendo actuaciones ediles y signos distintivos del partido político Renovación Popular", se lee en la resolución N.° 00273-2026-JEE-LIO1/JNE.

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Informe del JEE sobre la alcaldesa de San Isidro

"La difusión del mensaje cuestionado, acompañado de contenido oficial de la organización política Renovación Popular, constituye una manifestación favorable a una opción política determinada, con potencial capacidad de influir en la intención de voto de terceros, encajando así en el supuesto de conducta prohibida por el principio de neutralidad14; por lo tanto, se cumple el segundo elemento del literal b del artículo 33 del Reglamento", agrega el JEE.

Finalmente, el JEE ordenó que se remitan los actuales al Ministerio Público, a Contraloría y a la Municipalidad de San Isidro para que procedan conforme a sus atribuciones una vez consentida la resolución.

Alcaldesa de San Isidro apeló ante el JNE

El pasado 26 de enero, Vizurraga apeló la decisión del JEE ante el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) con la finalidad de que se anule el fallo.

El órgano electoral decidió conceder dicha apelación. El JNE deberá convocar a una sesión pública en la que participará el abogado de la alcaldesa y el representante del JEE para brindar sus descargos. Luego, emitirá su decisión final e inapelable.