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Январь
2026

Hacienda recula a medias: salva las deducciones del SMI a 300.000 autónomos, pero condena a otros 200.000 en módulos

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El Ministerio de Hacienda ha planteado a los agentes sociales una nueva propuesta que incluye una deducción del impuesto de Sociedades para las empresas que aumenten los trabajadores con retribuciones por encima dicho salario. En concreto, el aumento de la plantilla deberá ser de al menos un trabajador a tiempo completo durante un año en empresas con menos de 100 trabajadores, y de un mínimo de dos trabajadores o de al menos un 1% de la plantilla en aquellas empresas que tengan al menos un centenar de trabajadores. También podrán aplicar la deducción prevista los contribuyentes que tributen a los tipos de gravamen previstos en el apartado 1 del artículo 29 de esta ley y cuyos gastos de personal superen el 70% de los gastos del resultado de explotación de la cuenta de pérdidas y ganancias del ejercicio determinado de acuerdo con el Código de Comercio y demás normativa contable de desarrollo.

Y esta última condición tenía trampa ya que dejaba fuera a más de 500.000 autónomos empleadores que no tributan con el impuesto de Sociedades, sino que lo hacen en estimación objetiva o en estimación directa. Pero a raíz de una denuncia de ATA, Hacienda se ha apresurado a corregirse a sí misma y a confirmar que "la propuesta se va a extender también a los autónomos en estimación directa", confirmaron fuentes ministeriales, por lo que al menos 300.000 podrían acceder a estas deducciones, pero otros 200.000 seguirían quedándose fuera.

El presidente de esta asociación, Lorenzo Amor, ha criticado que "esta reacción llega cuando hemos denunciado en las redes sociales la situación en la que quedaban estos 500.000 autónomos, pero siguen dejando fuera a más de 200.000 en módulos y, por supuesto, a las familias empleadoras de cuidadores y empleados de hogar". En línea con lo expresado hoy en un comunicado por CEOE y Cepyme sobre la subida del salario mínimo, que ha sido rechazada, Amor ha señalado que la propuesta de Hacienda es "inasumible porque deja a la inmensa mayoría de empresas y autónomos fuera y que no tiene que ver nada con indexar subida de SMI a contratos públicos".

De igual forma, las patronales CEOE y Cepyme han calificado de "fórmula trilera" la propuesta fiscal del Gobierno que intenta compensar a las empresas ante la subida del SMI, alejando la posibilidad de cerrar un acuerdo tripartito para esta medida. En un comunicado, horas antes de la reunión de la mesa de diálogo social, las patronales ya han adelantado que la propuesta de Hacienda supone "la sustitución de la esperada indexación de los contratos públicos por unas fórmulas trileras que no compensan los costes asociados a la actualización del SMI planteada" del 3,1 % hasta los 1.221 euros brutos. La propuesta, añaden, establece "condiciones inalcanzables para la mayoría de las empresas y, sobre todo, supone una nueva injerencia en la negociación colectiva y la libertad de empresa. Es puro intervencionismo".

Fuentes consultadas por LA RAZÓN afirman que Hacienda sigue abierta a negociar y no descarta poder incluir más modificaciones a su propuesta pero, ahora mismo, lo ofrecido establece que el importe de la reducción será creciente, dependiendo de cuánto se haya incrementado la plantilla. Así, será más baja si el aumento de personal es inferior al 5% y del 100% si la plantilla ha subido igual o más de un 15%. Estos aumentos de personal deberán mantenerse durante los dos años posteriores.

En concreto, el importe de la reducción que plantea Hacienda sería el resultante de multiplicar por 0,25 la subida bruta del SMI en el año en el que se inicia el periodo impositivo de los trabajadores de la empresa que perciban el SMI, siempre que el aumento de la plantilla no sobrepase el 5%. Si el incremento de la plantilla supera el 5% pero se queda por debajo del 10%, se multiplicaría por 0,50; si la plantilla crece más del 10% pero menos del 15% se multiplicaría por 0,75, y si sube igual o más que un 15% se multiplicaría por uno.

Para la aplicación de esta reducción será necesario además que la plantilla media total de la empresa al final del periodo impositivo "se mantenga o incremente" respecto a la existente al inicio del mencionado periodo impositivo y que se sostenga durante los dos años posteriores al fin del año en que termine el periodo impositivo en el que se redujo la base imponible. Hacienda se guarda un último as en la manga y, en el caso de incumplirse estos requisitos, se "procedería a la regularización de las cantidades indebidamente reducidas, con los correspondientes intereses de demora", detalla el texto.