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Mario Vizcarra y Rafael López Aliaga continúan en carrera a las Elecciones 2026

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El Pleno del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) confirmó que Mario Vizcarra (Perú Primero) y Rafael López Aliaga (Renovación Popular) podrán continuar en carrera electoral para la Presidencia del Perú. El máximo organismo electoral declaró fundadas e infundadas, respectivamente, las apelaciones que mantenían en suspenso sus candidaturas para las Elecciones Generales 2026.

JNE resuelve a favor de Mario Vizcarra

El Pleno del JNE declaró fundada la apelación presentada por el partido Perú Primero, dejando sin efecto las tres tachas presentadas contra su candidato presidencial, Mario Vizcarra, quien fue señalado de no poder postular por contar con una sentencia de peculado recibida en 2005.

A pesar de que los ciudadanos tachantes invocaron la Ley 30717 —la cual impide postular a cargos públicos a personas condenadas por delitos de corrupción, incluso si ya fueron rehabilitadas—, la defensa de Vizcarra, liderada por el abogado Alejandro Salas, argumentó que dicha prohibición vulnera derechos constitucionales. Salas citó múltiples sentencias del Tribunal Constitucional (TC) que señalan que la frase "aun cuando hubieran sido rehabilitados" es inconstitucional, pues atenta contra el derecho a la resocialización y la participación política.

Esta decisión deja un precedente favorable para su postulación paralela al Senado, la cual también había sido declarada improcedente por el mismo motivo en primera instancia por el Jurado Electoral Especial (JEE).

JNE resuelve a favor de Rafael López Aliaga

En el caso del líder de Renovación Popular, el JNE declaró infundadas las 2 apelaciones presentadas contra la plancha presidencial encabezada por Rafael López Aliaga. En este caso, los cuestionamientos se centraban en presuntas irregularidades en la democracia interna del partido.

Los ciudadanos tachantes denunciaron que el partido político no respetó su propio estatuto al realizar elecciones primarias solo con afiliados, cuando —según su normativa interna— debieron participar también ciudadanos no afiliados. El abogado del ciudadano tachante, Javier Susanibar Espinoza, solicitó que se revoque la decisión del JEE Lima Centro 1 y se declare improcedente la candidatura de López Aliaga. Durante su intervención, alegó que la democracia interna fue vulnerada, así como la normatividad de los estatutos y organizaciones políticas.

Sin embargo, el abogado de Renovación Popular, Carlos Salazar, sostuvo que el proceso se ajustó a las disposiciones de la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) y que ningún afiliado presentó reclamo alguno durante el desarrollo de los comicios.

El JNE validó los argumentos de Salazar, ratificando que no existe supuesto que establezca que la no actualización del estatuto de un partido político tenga como consecuencia de castigo la exclusión en un proceso electoral.

Con el conocimiento de estos fallos, ambos líderes políticos quedan habilitados para continuar sus actividades de campaña.