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El Gobierno incluye el uso de imágenes o voces manipuladas como afrenta al honor

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El Gobierno ha aprobado este martes el anteproyecto de ley del derecho al honor y a la intimidad personal que contempla como infracción contra el honor el uso y difusión de imágenes o voces manipuladas sin consentimiento a través de la Inteligencia Artificial, las conocidas como 'deepfakes'. El Ejecutivo intenta así atajar campañas denigrantes en redes sociales como las que sufre el presidente, Pedro Sánchez, y su familia.

El Ejecutivo da un nuevo paso en el despliegue del Plan de Acción por la Democracia con la aprobación de dos reformas legales de calado en materia de derechos fundamentales y comunicación pública. No solo ha dado luz verde, en primera vuelta, al citado anteproyecto de ley. También ha remitido al Congreso de los Diputados, tras su aprobación en segunda vuelta en el Consejo de Ministros, el Proyecto de Ley Orgánica reguladora del Derecho de Rectificación.

La futura Ley del Derecho de Rectificación sustituirá, en caso de que las Cortes la aprueben, una norma vigente desde 198. Y amplía de forma expresa su ámbito al entorno digital. La principal novedad es que los ciudadanos podrían solicitar la corrección de informaciones “falsas o inexactas” no solo en medios de comunicación tradicionales, sino también en medios digitales y plataformas en línea. En el caso de las redes sociales, la ley extendería esta obligación a los llamados usuarios de “especial relevancia”, una categoría que apunta a grandes cuentas con capacidad de difusión masiva -con más de 100.000 seguidores-, aunque el texto definitivo deberá concretar su alcance durante la tramitación parlamentaria.

En paralelo, el Gobierno ha aprobado el anteproyecto de una nueva ley del honor, la intimidad y la propia imagen que reemplazará a la de 1982 para adaptarla a la realidad digital. Entre las novedades más destacadas figura la consideración como intromisión ilegítima del uso no autorizado de imágenes o voces creadas, simuladas o manipuladas mediante inteligencia artificial, así como la limitación de la reutilización de imágenes personales compartidas en una red social en otros canales distintos.

La norma refuerza además la protección de las víctimas y de los menores. La revelación por parte del autor de un delito de detalles que puedan causar un nuevo daño a la víctima -como en determinados formatos de true crime- se considerará una vulneración de derechos. Los menores de 16 años no podrán prestar consentimiento para el uso de su imagen y, en el caso de los mayores de esa edad, dicho consentimiento no será válido si se menoscaba su dignidad o reputación. El texto también prevé que una persona pueda prohibir por testamento el uso futuro de su imagen o su voz con fines comerciales tras su fallecimiento.

El anteproyecto fija asimismo criterios objetivos para calcular las indemnizaciones por daño moral —repercusión social, reincidencia o gravedad de las expresiones, entre otros— y establece que estas no podrán tener carácter simbólico. A petición del perjudicado, las sentencias firmes condenatorias podrán publicarse en el Boletín Oficial del Estado. Al mismo tiempo, el Gobierno subraya que se mantienen las excepciones ya previstas para salvaguardar el derecho a la información y la libertad de expresión, incluidas las comunicaciones de interés general y el uso creativo, satírico o de ficción de la IA cuando afecte a personas con proyección pública y se indique expresamente su utilización.