ru24.pro
World News
Декабрь
2025

TEPJF devuelve triunfo a Movimiento Ciudadano en Jáltipan, revocan nulidad por violencia política de género

0
Movimiento Ciudadano recuperó el triunfo de su candidato Gildardo Maldonado Guzmán, en Jáltipan, Veracruz, a unas horas del cambio de gobierno, luego de que la Sala Superior revocó la nulidad que el Tribunal Electoral local concedió a Morena por violencia política de género en contra de su candidata.El Tribunal Electoral de Veracruz y la Sala Regional Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación habían declarado la nulidad de la elección de la presidencia municipal de Jáltipan, Veracruz, tras acreditar violencia digital sexual y simbólica en contra de la candidata de Morena, Mildred Marlene May de la Cruz, lo que concluyeron que era determinante para los resultados que cerraron con una diferencia de 3.77 por ciento.Validan triunfo de Gildardo MaldonadoSin embargo, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, con un proyecto de la magistrada Claudia Valle Aguilasocho revocaron estas sentencias previas y le dieron la razón a Movimiento Ciudadano respecto a que no se acreditaba la sistematicidad de violencia política de género, por lo que le devolvieron el triunfo y declararon la validez definitiva de la elección y de la constancia de mayoría del emecista Gildardo Maldonado.La magistrada ponente recordó que para anular una elección por violencia política de género, se requiere constatar una sistematicidad, lo que “en una revisión minuciosa, encontramos que se carece de estos elementos”.Detalló que de las publicaciones de un medio de comunicación, no hay expresiones relacionados con estereotipos de género, sino críticas sobre alianzas políticas.“Se refieren a temas de interés general, hablan de la expresión de la creación de alianzas políticas que buscan mantener un control en la región, se dice, incluso, que podrían estarse incurriendo en irregularidades graves para lograr ese control, la financiación o el aporte de recursos económicos e incluso de dinero en efectivo para obtener votos.“Esas expresiones deben ser consideradas partes del debate político, que puede y debe tener esta protección y debe mantener respecto a la candidatura un umbral de tolerancia a la crítica mucho mayor que el de una ciudadanía en general, cuando se está participando en un proceso electoral”.Descartan violencia de género en videoEn cuanto a un video difundido en redes sociales, explicó que era un montaje y que éste podía hacerse tanto para mujeres como para hombres, por lo que no podía actualizarse que fuera violencia política en razón de género.“En cuanto a esta publicación, no dejamos de observar expresiones desafortunadas que dan a conocer o que implican que la candidatura es una candidatura joven, que se rodea en su equipo de personas también jóvenes, como tampoco dejamos de notar que se hizo un montaje y que se trató de mostrar una imagen de su persona besando a un joven, indicando que sus preferencias o atracción se da por personas, precisamente jóvenes.“Al respecto, debemos decir que esa referencia se puede hacer indistintamente hacia hombres o mujeres, sin tener un impacto diferenciado en ellas, por lo que como se adujo en los agravios y estimamos fundados, esa publicación no debió ser considerada como una publicación de violencia que constituye violencia política por razón de género”.Finalmente, Valle Aguilasocho explicó que una sola publicación acreditaba todos los elementos de violencia política de género por invisibilizar la carrera política de la candidata.“Por el otro lado, identificamos una publicación que sí contiene expresiones estereotípicas y a la que me quiero referir. En esa publicación, efectivamente, se desvalora a la candidata, cuando se indica que ‘la pondrán’ no tanto por voto, sino por su padrino, indicando el nombre de un actual funcionario del Congreso local y exalcalde del municipio de Jáltipan.“Lo indebido de esta frase analizada es que sugiere que la candidata no tiene, por sí misma, capacidad y que carece de méritos para obtener el voto de la ciudadanía de manera legítima y supeditan el triunfo electoral a una figura masculina, situando a la candidatura en una posición de inferioridad y de subordinación respecto de un político varón”.Por lo que detalló que con una sola expresión, no se puede anular la elección y dejar sin efectos la voluntad ciudadana en la jornada electoral.“Como delinea la propuesta, esa es la única publicación en la que, coincidiendo con la Sala Regional y con el Tribunal local de Veracruz, sostenemos que se actualiza la infracción de violencia política por razón de género, reprochable sí, absolutamente, pero en el marco de un procedimiento sancionador y de frente a una solicitud de anulación, esta publicación por su singularidad y por su connotación, no es suficiente para anular una elección y para dejar sin efectos el voto ciudadano de la mayoría de las personas de Jáltipan que acudieron a las urnas”.Por lo que revocaron las dos sentencias previas que declaraban la nulidad de la elección y ordenaban una extraordinaria, dejando sin efectos estas decisiones y por el contrario, validando el proceso, la constancia de mayoría en favor del candidato de Movimiento Ciudadano, y ordenando al Instituto Electoral local que haga la designación de regidurías basándose en los resultados de la votación.IOGE