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UE sugiere quitar la anulación de siglas que no alcancen el 3% de votos

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La Misión de Observación Electoral de la Unión Europea (UE) recomendó suprimir la disposición de la Ley de Organizaciones Políticas que permite la cancelación de la personalidad jurídica de un partido si no supera el 3% de votación.

La sugerencia forma parte del informe final presentado respecto de las elecciones generales y el balotaje de este año en Bolivia.

Se debe “eliminar la disposición que cancela la personalidad jurídica de las organizaciones políticas que no alcanzan el umbral del 3%”, señala la recomendación 5 del documento.

UE

La misión plantea que la Asamblea Legislativa derogue el artículo 58, inciso b, de la Ley 1096, que faculta al Tribunal Supremo Electoral (TSE) anular las siglas de agrupaciones que no logren ese porcentaje de votos válidos en la última elección a la que se presentaron.

Según el informe, esta medida constituye “una sanción desproporcionada” frente a las buenas prácticas internacionales. La misión advierte que la norma carece de una definición precisa y genera interpretaciones divergentes, especialmente porque las elecciones generales y subnacionales se realizan de manera separada.

El reporte también recuerda que el TSE ya aplicó esa disposición antes de los recientes comicios y anuló la personalidad jurídica de dos organizaciones políticas: Partido de Acción Nacional Boliviano (Pan-Bol) y Frente Para la Victoria (FPV).

La misión considera que la derogación del artículo permitiría fortalecer el pluralismo y evitar sanciones que limiten la competencia electoral sin una justificación suficiente.

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