Caso Barrios Altos y La Cantuta: Perú desacató a la Corte IDH al aprobar la Ley de Amnistía y de lesa humanidad
La Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) emitió una resolución el último 3 de octubre, en la que determina que el Perú incurrió en una serie de incumplimientos de sus responsabilidades internacionales al promulgar la Ley de Amnistía y de lesa humanidad.
Asimismo, el ente internacional advierte en el país existe una situación de extrema gravedad, urgencia y riesgo de daño irreparable para las víctimas de violaciones a los derechos humanos, en el marco de los casos Barrios Altos y La Cantuta.
Por esas razones, la Corte IDH le ordenó al Perú a mantener una serie de medidas provisionales con la finalidad de que "se deje sin efecto o no se otorgue la vigencia" de las normas cuestionadas que atentan contra los derechos humanos. La Corte IDH le recordó al Estado peruano que "en el Derecho Internacional de los Derechos Humanos las medidas provisionales tienen un carácter no solo cautelar, en el sentido de que preservan una situación jurídica, sino fundamentalmente tutelar, por cuanto protegen derechos humanos, en tanto que buscan evitar daños irreparables a las personas".
Además, el ente internacional resaltó que desde el Congreso se impulsaron "proyectos de ley que contravienen estándares interamericanos sobre la obligación de investigar graves violaciones a derechos humanos, que causarían un daño irreparable al derecho de acceso a la justicia de las víctimas en los casos concretos" en los casos Barrios Altos y La Cantuta.
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Corte IDH le ordena al Perú garantizar el acceso a la justicia
En la misma resolución, la Corte IDH le ordena al Perú que tome las medidas necesarias para que la Ley de Amnistía — que favorece a los miembros de las FF. AA y PNP que atentaron contra los derechos humanos entre 1980 y 2000 — no represente un obstáculo para las investigaciones de los hechos en los casos Barrios Altos y La Cantuta.
Asimismo, instó al Estado a que tome las acciones correspondientes para que dicha norma no signifique un problema para la identificación, juzgamiento y sanción de los responsables y de otras violaciones a los derechos humanos similares acontecidos durante el conflicto armado interno.
Por otro lado, el ente internacional resaltó que las leyes de amnistía son contrarias a la Convención Americana y a las obligaciones internacionales del Estado. En esa misma línea, ordenó a los jueces a no aplicar dicha ley a personas denunciadas, investigadas, procesadas o condenadas por graves violaciones a los derechos humanos.
En tanto, el Estado deberá presentar, a más tardar el 9 de enero del 2026, un informe completo y detallado sobre el cumplimiento de las medidas provisionales ordenadas por la Corte IDH contra las leyes aprobadas por el Congreso y el gobierno de Dina Boluarte.
Además, se dispuso que, cada 3 meses, el Perú deberá continuar informando sobre las medidas provisionales adoptadas hasta que la Corte IDH lo crea pertinente.