Tragedia en la feria de Alquerías: un vacío legal hizo posible que funcionaran las camas elásticas mortales
La muerte de una niña de dos años evidencia el temerario déficit legislativo que sufre la Región de Murcia en materia de actividades recreativas y espectáculos públicos y los peligros de la simplificación administrativa
Las fiestas de San Juan Bautista de la pedanía murciana de Alquerías han sumido a sus vecinos en la conmoción tras la trágica muerte de Amira, una niña de tan solo dos años, electrocutada en una atracción de camas elásticas instalada en un solar privado ubicado frente al centro de salud.
La menor falleció a las 1:16 h de la madrugada del domingo 15 de junio pese a todos los esfuerzos de los sanitarios, que intentaron reanimarla sin éxito durante más de una hora. Además, otros tres niños de entre 8 y 12 años sufrieron heridas con síntomas de electrocución y requirieron atención médica.
La Guardia Civil detuvo este jueves al propietario de las camas elásticas, Jesús C. F., y al encargado de la atracción. Ambos han sido acusados de homicidio por imprudencia grave y cuatro delitos de lesiones. Horas después, el juzgado de Instrucción número 4 de Murcia decretó la libertad provisional para los dos detenidos, que deberán comparecer en los juzgados cada quince días.
Tensión entre administraciones
Las primeras hipótesis que manejan tanto la Policía Judicial como los peritos especializados que investigan el caso, apuntan a un fallo en la colocación de la toma de tierra de la atracción infantil, conocida como 'Camas locas', y que resulta esencial para prevenir descargas. Aunque también existe la posibilidad de que la corriente se propagase por la valla metálica a la que se sujetaba la menor cuando salía de las camas elásticas, por el mal estado de algún cable de los focos de 220 voltios de potencia –suficientes para romper la resistencia del cuerpo humano y causar la muerte– que iluminaban el espacio de juego.
Mientras la jueza que instruye la causa ya ha solicitado al ayuntamiento permisos y certificados, desde el consistorio insisten en que la autorización de la instalación, realizada aparentemente en terreno privado y al margen de las fiestas oficiales, es competencia de la comunidad autónoma, concretamente de la Dirección General de Industria, Energía y Minas.
También ha opinado sobre el fatal accidente el alcalde pedáneo, José Luis Marín, que en sus redes sociales ha escrito que confía en que la justicia “llegue hasta el final”, mientras asegura que lo sucedido “no es responsabilidad del dueño del solar ni de la comisión de fiestas”, sino del feriante, ya que “él es el que tiene la obligación legal de solicitar los permisos a la comunidad autónoma”.
Por su parte, la comunidad autónoma asegura que no recibió ninguna petición para autorizar el evento. Sobre este asunto solo consta una declaración responsable presentada por el Ayuntamiento de Murcia el pasado 21 de mayo, a través de una empresa instaladora a la que concedió poderes de representación para el suministro eléctrico de baja tensión de la feria, que, por otra parte, se viene realizando en el mismo lugar desde hace dos décadas.
A esta hora, la administración regional desconoce si el promotor de la feria de atracciones es privado, es el ayuntamiento, la Junta Municipal de Alquerías como órgano descentralizado de este o la comisión de fiestas de la asociación de vecinos de la pedanía.
En definitiva, un choque de versiones sobre quién autorizó y debía inspeccionar la atracción, en el que cada administración, todas gobernadas por el Partido Popular, apunta a la otra como responsable. La dramática y alarmante realidad es que nadie la autorizó formalmente, ningún técnico –municipal o autonómico– la inspeccionó y la Policía Local de Murcia tampoco se interesó por una instalación que, a la vista de todo el mundo, estaba siendo utilizada por menores.
Los feriantes no se explican lo sucedido
José Esteban, presidente de la Asociación de Industriales Feriantes de Valencia, no alcanza a entender cómo pudo ocurrir la tragedia de Alquerías. “Nosotros nos movemos por toda España y en casi todos sitios es obligado solicitar permisos con muchas semanas de antelación”, asegura. De hecho, ahora preparan ferias en León, Valencia o Granada, “y los papeles los registramos hace un mes”.
“Nosotros siempre queremos hacer las cosas bien, pero es que, además, nos obligan a ello”, prosigue Esteban. “Cuando instalamos en cualquier recinto ferial, la policía local ya tiene la certeza de que contamos con todos los permisos necesarios”, prosigue.
“Cuando ya disponemos de las autorizaciones montamos las atracciones, entonces una OCA (Organismo de Control Autorizado) realiza una inspección obligatoria en cada una de ellas para asegurar que cumple con la normativa y es segura”. Sin esta certificación, el ayuntamiento estaría obligado a la comprobación de las condiciones técnicas de las atracciones por parte de funcionarios municipales y, además, la actividad no se podría iniciar directamente, ya que precisaría de licencia de apertura.
Uno de esos técnicos municipales consultados por esta redacción asegura que existe un riguroso procedimiento administrativo ligado al montaje y funcionamiento de atracciones feriales. “Al titular de la instalación se le exige, como mínimo, un boletín de la acometida de baja tensión, un contrato de mantenimiento y un certificado de montaje de la empresa instaladora”.
¿Qué ocurrió entonces en Alquerías? La explicación podría encontrarse en un cúmulo de fallos: la dificultad de establecer límites claros entre lo que pertenece al ámbito público y al privado, una deficiente capacidad de control y vigilancia, y lo que los juristas denominan anomia normativa.
Leyes administrativas: ¿facilitadoras de riesgo?
Aunque hace más de 30 años, en junio de 1994, el Estado transfirió a la Región de Murcia las competencias en materia de espectáculos públicos y actividades recreativas –y, con ellas, la responsabilidad de legislar y gestionar todo lo relacionado con este ámbito dentro de su territorio– el gobierno autonómico sigue pendiente de impulsar la aprobación de la ley o reglamento específico que los regule.
En ausencia de esta norma, la legislación subsidiaria aplicable en el caso de Alquerías es la ley autonómica 2/2017, de 13 de febrero, que versa sobre medidas urgentes para la reactivación de la actividad empresarial y del empleo a través de la liberalización y de la supresión de cargas burocráticas.
La disposición adicional octava de esta norma establece que las actividades recreativas ocasionales o extraordinarias que se celebren en establecimientos con un aforo de hasta 50 personas –como sucedía en la instalación de las camas elásticas– pueden realizarse libremente y sin previa autorización (ni siquiera hace falta una declaración responsable). Eso sí, siempre que “no generen peligro para la seguridad o salud de las personas” y que cumplan con la normativa exigible para el ejercicio de la actividad.
Pero, ¿qué determina que la actividad era peligrosa, en cuyo caso debieron aplicarse medidas más restrictivas? La pregunta no se puede responder sin navegar en un mar de inseguridad jurídica y administrativa, porque lo cierto es que este tipo de instalaciones no cuentan con una concreta regulación en la Región de Murcia.
Lo que sí es claro es que los funcionarios municipales debidamente acreditados están habilitados para realizar, en cualquier momento, actividades inspectoras y de control. Así lo contempla el artículo 3 del Decreto-ley 4/2023, de 23 de noviembre, de medidas urgentes en materia de régimen sancionador de espectáculos públicos y actividades recreativas ocasionales o extraordinarias y de establecimientos públicos en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
Entonces, ¿por qué el consistorio no envió a ningún técnico para comprobar si el titular de la atracción estaba en posesión del correspondiente título habilitante y si la instalación reunía todas las condiciones para ser segura?
De momento, ante la amalgama de omisiones, vacíos legales e inconcreciones normativas, el hecho de que las camas elásticas donde se produjo la muerte de Amira no formaran parte de la feria “oficial” organizada por el Ayuntamiento de Murcia, está siendo excusa suficiente para que el consistorio se lave las manos.
Peligro de los modelos autolicense
Hasta que las investigaciones esclarezcan las eventuales responsabilidades personales o institucionales, el debate sobre las leyes de simplificación, sus mecanismos de control y la coordinación entre administraciones, continúa abierto. En el aire, queda una pregunta inevitable: ¿vale la pena acelerar trámites si un descuido puede costar vidas humanas?
Desde el Colegio de Ingenieros Técnicos Industriales lamentan la debilidad del control en los modelos autolicense y advierten que las administraciones han perdido capacidad de supervisión efectiva. Por eso, exigen redefinir los modelos de simplificación administrativa de manera que se acompañen de mecanismos efectivos de inspección que garanticen la seguridad antes de la puesta en marcha de actividades de este tipo.
Y es que, el caso de Alquerías, refleja una clara tensión entre agilidad legal y garantía de seguridad. Porque, mientras se promocionan reformas que permiten iniciar actividades con menos burocracia, se están generando lagunas de control que, en casos extremos, tienen consecuencias fatales.
Expertos en derecho administrativo consultados por elDiario.es Región de Murcia también señalan la ineficiencia de la actividad legislativa autonómica: “En algunos casos, la comunidad autónoma no regula suficientemente; en otros, las leyes están mal diseñadas y son poco claras o demasiado exigentes, por lo que, al final, no las cumple nadie”.
Estos mismos expertos señalan una posible solución que ya se aplica en otras comunidades autónomas. Se trata de la creación de un registro administrativo para este tipo de instalaciones de feria, en el que se exija la acreditación de las condiciones de seguridad y el cumplimiento de la normativa ISO, mediante la inspección técnica previa por parte de empresas especializadas.
Un modelo similar al de revisión periódica y obligatoria que se emplea para los vehículos o los ascensores, que se realiza a través de organismos de control autorizados, por el que se otorgan automáticamente licencias temporales.
“No es razonable que cada feriante tenga que someterse a una maraña burocrática para obtener autorizaciones singulares cada vez que se pretende instalar una atracción ligada a las fiestas de un pueblo, barrio o pedanía. Ese es el camino más rápido para invitar a no cumplir la norma y que esto se convierta en un territorio sin ley”, aseguran.
Una situación que también se ve favorecida por los fallos en los operativos de vigilancia que llevan a cabo los dispositivos de la policía local. “¿Cómo es posible que a las patrullas presentes en la zona no les llamase la atención una atracción infantil ni requirieran documentación alguna a su propietario?”, se preguntan.
Una situación parecida a lo sucedido en los trágicos incendios de 2023 que se produjeron en las discotecas Fonda y Teatre, también en Murcia, y que se saldaron con trece víctimas mortales y veinticuatro heridos. Entonces, una cadena de irregularidades administrativas, omisiones de control y fallos en la gestión municipal, permitieron que ambos locales funcionaran durante años en condiciones de grave riesgo para el público.