El Supremo confirma la condena a Laura Borràs, ¿puede acogerse a la Ley de Amnistía?
El Tribunal Supremo confirmó este miércoles la condena contra Laura Borràs a cuatro años y medio de prisión y 13 años de inhabilitación política por delitos de prevaricación administrativa y falsedad documental después de que la expresidenta de Junts per Catalunya adjudicase contratos de manera irregular a un conocido.
A esta condena se le añade los 36.000 euros de multa que la dirigente de Junts tendrá que pagar por haber adjudicado, entre otros, un total de 18 contratos menores a dedo a su amigo, por valor de 335.700 euros, para la elaboración de la página web de la Institución de les Lletres Catalanes (ILC) mientras ella dirigía dicho organismo entre 2013 y 2018.
Por ello, ya se ha conocido que el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) celebrará una vista para decidir sobre la ejecución de la sentencia contra Laura Borràs en el momento en el que reciba el fallo del Tribunal Supremo. Para ello, llevará a cabo un nuevo proceso para que las partes "expongan su posicionamiento", después de que la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo haya desestimado íntegramente el recurso de casación de Borràs contra la sentencia firme.
Borràs es independentista, ¿no puede acogerse a la ley de Amnistía?
La expresidenta del Parlament de Cataluña solicitó al Tribunal Supremo que se le aplicase la Ley de Amnistía debido a su "perfil netamente independentista", además de porque se le estaba juzgando por unos delitos que cometió cuando ocupaba un cargo público de "un gobierno con vocación netamente procesista".
Sin embargo, el Alto Tribunal argumentó que "ni el perfil, ni el desarrollo de una acción de gobierno, en la parcela administrativa que dirigía la recurrente, permiten considerar que la conducta por la que ha sido condenada se enmarca en un contexto del denominado proceso independentista catalán", por lo que, de acuerdo a la Fiscalía, rechazaron de pleno la petición de Borràs de aplicación de la Ley de Amnistía.
De esta manera, la Sala Segunda del Tribunal Supremo especificó que los delitos encausados se referían a una contratación irregular obviando la normativa prevista para la contratación pública con el fin de evitar la corrupción y asegurar la transparencia e igualdad de oportunidades de todos los concurrentes a concurso.
Por este motivo, el Supremo considera que los delitos no guardan relación alguna con el 'Procés', "a excepción de la consideración de la existencia de un perfil intensamente independentista, que remite a una consideración propia de un derecho penal de autor y no un derecho penal de actos, que es lo reflejado en el hecho probado, en el que se refiere una conducta que ha sido subsumida en un tipo penal".
¿En qué consiste la vista para la ejecución de la sentencia?
Una pieza de ejecución de sentencia es la parte de un proceso judicial en la que se hace cumplir lo que dice una sentencia; es decir, una vez que un juez toma una decisión y esta ya no se puede recurrir, se abre una nueva etapa para asegurarse de que se cumpla lo ordenado.
Por lo que esta vista que el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña abrirá en cuanto reciba la sentencia de Borràs servirá para que la independentista cumpla con lo establecido en la sentencia y, así, se haga efectiva la pena de prisión, económica y de inhabilitación.