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Declaración de la Renta: así es como puede rectificarla si ya la ha presentado

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La campaña de la Renta comenzará en apenas unos meses, y es que las declaraciones correspondientes al ejercicio fiscal de 2024 se podrán presentar desde el próximo 2 de abril hasta el 30 de junio. No obstante, rendir cuentas con Hacienda puede ser una tarea tediosa, por lo que no debemos apresurarnos a la hora de presentarla, ya que eso no implicará que necesariamente se vaya a cobrar de los primeros y además podemos pasar por alto algún que otro error.

La declaración rectificativa es una declaración de impuestos "que sirve para corregir los errores cometidos y que perjudican al contribuyente", tal y como explican desde TaxDown. Algunos de los fallos más comunes por parte de la Administración son que la cantidad a devolver sea mayor a la concedida, que la cuantía a ingresar sea menor a la que corresponde o que se haya realizado un pago por duplicado, entre otros. En estos casos, Hacienda tendrá un plazo de 6 meses para decidir si la reclamación es correcta y reembolsar el importe correspondiente o si bien, no lo es.

En cambio, la declaración complementaria es aquella que perjudica a Hacienda y con la que el contribuyente tiene el objetivo de subsanar el error u omisión de la declaración original presentada. Esta nueva declaración puede presentarse dentro de los plazos establecidos –entre el 2 de abril y el 30 de junio– o bien fuera de este, por lo que se trataría de una declaración extemporánea, que suele implicar recargos de entre el 5% y el 20%.

¿Cómo se puede modificar una declaración ya presentada?

Lo primero será entrar en el portal web de la Agencia Tributaria (AEAT) e identificarse para comprobar que la declaración está presentada en "Estrado de la Tramitación". Después, dentro de "Servicios disponibles" se deberá hacer clic en "Modificar declaración". En el caso de que se hayan presentado varias declaraciones, se podrá elegir aquella que se quiera modificar.

Si el error perjudica al contribuyente, este deberá presentar una declaración rectificativa y, por tanto, tendrá que marcar la casilla 127. En cambio, si se trata de una complementaria, se deberá señalar la casilla 107. Una vez seleccionada cualquiera de las dos opciones, el contribuyente ya podrá modificar o cambiar los datos que considere sin la necesidad de empezar desde cero.

Asimismo, también se podrán corregir los fallos cometidos en declaraciones de años anteriores. La ley permite revisar declaraciones durante cuatro años, por lo que si el contribuyente no se aplicó alguna deducción o beneficio fiscal, podrá reclamarlo a la Administración y que le reembolsen la diferencia.

¿Cómo se puede modificar una declaración del Modelo 300 (IVA)?

En este supuesto, el contribuyente también deberá acceder al portal de la AEAT y clicar en el "Modelo 303. Ejercicio 2024". Después tendrá que identificarse, seleccionar el periodo para el que se va a complementar y modificar los importes necesarios.

"Ten en cuenta que tendrás que tener a mano el número de referencia de la declaración original ya que te lo piden para presentar cualquier declaración ya sea rectificativa o complementaria", sentencian desde TaxDown.