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Llega al Congreso el nuevo impuesto a las energéticas: no saldrá si Junts y PNV no lo quieren

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El pleno del Congreso de los Diputados debatirá este próximo miércoles la convalidación del real decreto ley que recupera el impuesto a las energéticas, gravamen que dejó de estar en vigor a finales del pasado año después de que se negasen a apoyarlo el PP, Vox, Junts y PNV.

Aunque tiene pocos visos de superar este debate en el Congreso puesto que se espera el rechazo de los nacionalistas vascos y los de Puigdemont, el Gobierno aprobó el impuesto, en su momento, para cumplir con ERC, EH Bildu y el BNG, tal y como recoge EP.

En el improbable caso de que se convalidase el decreto, el impuesto se cobraría a las energéticas de forma retroactiva a 1 de enero. Además, el Ejecutivo contempla convertirlo en permanente a través de su desarrollo como proyecto de ley.

Como novedad, el gravamen temporal energético a satisfacer en el año 2025 contempla que las compañías se puedan deducir hasta un 60 por ciento del impuesto en función de la dotación que realicen para inversiones dedicadas a la transición energética.

En concreto, la deducción será de un mínimo del 10 por ciento, porcentaje que se incrementará hasta el 60 por ciento si la dotación excede la cuantía de la prestación, que se corresponderá con el 1,2 por ciento de la cifra de negocios del año 2024.

Como ejemplo, si una compañía debe pagar 100 millones por el impuesto, se reducirá el pago un 10 por ciento si la dotación no supera los 100 millones que debe abonar. Además, todo lo que destine a la dotación por encima de los 100 millones permitirá una deducción del 30 por ciento, con el límite de que en su conjunto no supere el 60 por ciento del impuesto a pagar.

A estos efectos, se considerarán inversiones estratégicas aquellas que sean esenciales para la transición ecológica y descarbonización.

Las que por su magnitud contribuyan al crecimiento económico y el empleo, realizadas en activos fijos y tecnologías que se comprometan en proyectos industriales para la producción de hidrógeno renovable, la transformación de residuos en productos secundarios o en componentes de combustibles y gases renovables como el biogás o el biometano, en el almacenamiento energético y sus posibles infraestructuras de red asociadas, las inversiones vinculadas a la cadena de valor nacional y europea, para contribuir a la autonomía estratégica.

Así como los proyectos de eficiencia energética que permitan la consecución de objetivos tales como los incluidos en el Plan Nacional Integrado de Energía y Clima (Pniec), así como en el Plan RepowerEU.

Para la aplicación de la minoración los obligados al pago podrán solicitar al Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico que emita un informe motivado sobre si las inversiones recogidas en el Plan tienen la consideración de inversiones estratégicas.

El impuesto se deberá pagar en los primeros 20 días naturales del mes de septiembre, realizando un pago anticipado del 50% que se deberá efectuar en junio.

La dotación deberá ser realizada en el periodo comprendido desde la entrada en vigor del real decreto-ley, mañana miércoles, hasta el 20 de septiembre de 2025. Dicha reserva figurará en los balances