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Corte aplaza discusión sobre Ley de Migración que permite retenes y detenciones

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La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) aplazó el análisis de la Declaratoria General de Inconstitucionalidad, en la que se propone invalidar diversos artículos de la Ley de Migración, los cuales permiten llevar a cabo retenes migratorios en el país y detener hasta por 60 días a los extranjeros.El asunto cobra relevancia, porque en unos días, en Estados Unidos, Donald Trump asumirá la presidencia de esa nación y ha advertido que realizará deportaciones masivas de migrantes.¿Qué dijo Margarita Ríos Farjat?Hoy, la ministra Margarita Ríos Farjat, ponente del caso, anunció que retiraba el asunto para un mayor análisis.“Yo quisiera anunciar que voy a retirar el proyecto para efectos de revisar alguna documentación relacionada con el mismo y algunas inquietudes que el mismo suscitó, me gustaría en fecha próxima”, manifestó.La Declaratoria General de Inconstitucionalidad fue solicitada por la Primera Sala de la Corte.El 15 de marzo de 2023, la Primera Sala de la Corte otorgó un amparo y determinó que los mencionados artículos son inconstitucionales, debido a que contravienen el tiempo máximo que señala el artículo 21 de la Constitución Federal para legitimar la privación de la libertad de una persona por razones de naturaleza administrativa, que son 36 horas.Además de que obstruye el ejercicio de su derecho humano a una tutela jurisdiccional efectiva.Buscan invalidar artículo 97Por ello, el Pleno de la Corte tenía previsto analizar la petición para invalidar el artículo 97 de la citada ley que establece que elInstituto Nacional de Migración (INM) podrá efectuar revisiones de carácter migratorio para comprobar la situación migratoria de los extranjeros.De igual manera, se propone invalidar el primer párrafo del artículo 98 y porciones del 111 que permiten al INM resolver la situación de los extranjeros que son presentados, para lo cual cuenta con un plazo de 15 días hábiles, con posibilidad de llegar hasta los 60 días.Para extender el plazo de presentación, deben existir distintos supuestos, entre ellos, que no exista información fehaciente sobre la identidad o nacionalidad del detenido.Asimismo, que exista enfermedad o discapacidad física o mental médicamente acreditada que imposibilite viajar al migrante presentado o que se haya promovido un recurso administrativo o judicial, por citar algunos.RM