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Elección judicial: primer corte

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El pasado 15 de diciembre concluyó el plazo para que los tres Comités de Evaluación publicaran la lista de los aspirantes a jueces, magistrados y ministros que cumplen con los requisitos constitucionales de elegibilidad para los distintos cargos que se someten a elección popular en 2025.

En esta primera etapa, los comités de selección debieron revisar la documentación presentada por cada aspirante para acreditar la ciudadanía por nacimiento, residencia mínima de dos años, título profesional de licenciado en derecho, el promedio mínimo de ocho y nueve en el historial académico, la práctica profesional de cinco años o que la persona no se encuentra bajo alguno de los impedimentos establecidos en la propia Constitución.

En 20 días, los tres comités tuvieron que revisar 34,165 expedientes. Pongamos en perspectiva este dato: supongamos que sólo se necesita una hoja para acreditar cada uno de los ocho requisitos que enlista el artículo 95 constitucional (en mi registro ante el Poder Legislativo ingresé 558 páginas; ante el Poder Ejecutivo, 453). Una sola página por requisito supondría un volumen de 273,320 hojas como mínimo, poco más de 13,600 páginas por día de 24 horas. Un esfuerzo verdaderamente titánico.

A pesar de que los requisitos son los mismos para todos y la verificación en esta etapa es esencialmente documental, la tendencia de validación de los comités es diametralmente distinta: el comité del Poder Judicial desestimó 72% de las solicitudes presentadas; el del Poder Ejecutivo, 40%, mientras que el del Poder Legislativo únicamente 8.64% ¿Qué explica unas varas más altas que las otras? ¿El perfil de los integrantes del comité? ¿Las reglas específicas de la convocatoria? Difícil saberlo.

La siguiente etapa consiste en la evaluación de idoneidad y debe concluir a más tardar el 31 de enero. En teoría, los comités de selección deben analizar las ideas, conceptos o propuestas expuestas en los ensayos que cada aspirante presentó; sus antecedentes, trayectoria, experiencia, preparación y la “buena reputación”. En pocas palabras, si tienen el perfil para ejercer como juzgadores en el contexto de nuestro lastimado constitucionalismo y bajo la nueva configuración electiva del Poder Judicial. No se necesita ser físico matemático para predecir que es aquí donde entrarán en juego las subjetividades o intereses de los integrantes de las respectivas aduanas de selección. Quien define el perfil, define la idoneidad. Sobre todo porque la reforma que nos tiene en estas vicisitudes marginó el mérito como criterio relevante de acceso y ejercicio de la función judicial.

De nuevo la perspectiva cuantitativa: en 45 días, los comités de selección tendrán que ponderar la idoneidad de 22,939 aspirantes. Ya no se trata propiamente de una revisión documental de expedientes, sino –se supone– de la valoración individualizada de los atributos personales, conocimientos técnicos, comprensión de la realidad, filosofía judicial, sistema de creencias, etcétera. El comité del Poder Judicial, por ejemplo, estableció un examen de conocimientos y una metodología basada en puntos. El Poder Ejecutivo se reservó el derecho a la discrecionalidad plena, pero expresamente consideró la posibilidad de entrevistas públicas. El comité del Poder Legislativo estableció una criba a través de puntuación y luego entrevistas presenciales o virtuales con los finalistas.

Si el juicio de idoneidad se hiciera únicamente con la revisión de los ensayos, el comité del Poder Ejecutivo tendría que leer, analizar, discutir y votar el contenido de 33,042 páginas, algo así como 734 páginas diarias o 30 páginas por hora, sin dormir y con los romeritos sobre el escritorio. Si decidiera entrevistar a los 11,014 aspirantes preseleccionados y únicamente le dedicara 3 minutos a cada uno, sus integrantes tendrían que pasar casi 23 días ininterrumpidamente frente a potenciales juzgadores. Un maratón de estoica paciencia.

Pero el primer corte arroja otro dato que debe examinarse con cuidado. La reforma judicial ordena que cada comité presente a su respectivo poder un mínimo de 1,739 candidatos para los 881 cargos en disputa. En el caso del Poder Judicial, sólo superaron la etapa de elegibilidad 1,048, es decir, un 40% por debajo del universo que se requiere para activar la etapa de la tómbola. Cabría preguntarse, en consecuencia, si tiene sentido recurrir al azar cuando faltan y no sobran candidatos.

“Y, sin embargo, se mueve”… Hasta el siguiente corte.