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De acceso reservado y sin pedir el motivo: Sanidad y las comunidades ultiman cómo registrar a los objetores al aborto

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El último Consejo Interterritorial del año vota este lunes el protocolo que marca las "condiciones mínimas" que deben tener los registros de cada comunidad obligatorios por ley desde hace casi dos años

Más del 80% de los abortos siguen realizándose en centros privados pese a que la ley prioriza la red pública

Si nada se tuerce, España tendrá por fin este lunes un protocolo de mínimos para registrar a los médicos que rechazan practicar abortos por razones ideológicas. El proceso ha costado: la reforma de la ley, que incluye esta medida como una manera de evitar que las consejerías de salud u hospitales enteros se escuden en una objeción de conciencia generalizada para no asumir interrupciones voluntarias del embarazo (IVE) en la sanidad pública, se aprobó hace casi dos años.

Durante este tiempo, algunas comunidades como Murcia, Canarias, Cantabria, Catalunya, Castilla-La Mancha o La Rioja han sacado adelante sus propios registros –pueden hacerlo en el ejercicio de sus competencias, según fuentes del Ministerio de Sanidad– o están a punto de hacerlo; otras, como la Comunitat Valenciana, justifican que están esperando a las directrices nacionales; y una minoría, en la que se encuentran Andalucía o Madrid, se mostraron en desacuerdo con la existencia misma del registro y todavía no han dado pasos. Mientras, más del 80% de los abortos siguen practicándose en centros privados, algo a lo que la reforma de la ley del aborto quería poner fin priorizando la sanidad pública para estos procedimientos.

En medio de este mapa desigual se celebra el último Consejo Interterritorial de Salud del año que reúne al Ministerio de Sanidad con los consejeros del ramo de todas las comunidades y cuyo orden del día recoge la aprobación del “Protocolo para la creación del Registro de Personas Objetoras de Conciencia establecido en la Ley Orgánica 1/2023, de 28 de febrero”. Esta norma establece que este órgano entre administraciones “acordará” un documento “específico que incluya las condiciones mínimas para garantizar el cumplimiento de los objetivos perseguidos con la creación de este registro”.

A falta de que el protocolo reciba el visto bueno definitivo, los detalles del contenido ya son parcialmente conocidos. El personal que se registre como objetor de conciencia se podrá negar total o parcialmente a practicar intervenciones, no tendrá que motivarlo en ningún caso y sus datos estarán “especialmente protegidos”, adelantó la agencia Efe. No será, por tanto, un registro público.

Una objeción completa o parcial

Las bases del protocolo nacional se fijaron con la ayuda de un grupo de trabajo de cinco comunidades “que ya tenían algo elaborado” para guiar el proceso, apuntan fuentes de Sanidad. Podrán estar en él los especialistas en ginecología y obstetricia, anestesiología y reanimación, medicina de familia, enfermería y matronas; y se establecen, en principio, dos modalidades de objeción: una completa, en la que se rechazan todas las prácticas, y otra parcial que permite oponerse en función del tiempo de gestación.

Para organizar esta objeción parcial, el protocolo acude a los supuestos de la ley, es decir, los profesionales podrán negarse, si así queda por escrito en el registro, a practicar abortos dentro de las primeras 14 semanas de gestación; a realizar aquellos que se justifican por causas médicas siempre que no se superen las 22 semanas (cuando existe grave riesgo para la vida o a la salud de la gestante o los que se llevan a cabo porque hay riesgo de graves anomalías en el feto); o los casos en los que se pone fin al embarazo por anomalías fetales incompatibles con la vida o enfermedades extremadamente graves o incurables.

El protocolo marca que los solicitantes pedirán la inscripción en el censo de objetores a través de la sede electrónica de la comunidad correspondiente y recibirán un documento que acredite su situación. La decisión podrá modificarse o revocarse en cualquier momento y con el mismo procedimiento, de acuerdo con la información avanzada por Efe.

El registro contará con los “datos estrictamente necesarios” de los profesionales “al objeto de realizar la planificación y gestión necesarias de los recursos humanos” (el nombre, el sexo, el DNI, el correo o el centro de trabajo) y podrá ser consultado “exclusivamente” para garantizar la prestación del aborto en la sanidad pública organizando los servicios, aunque sí está permitido que se faciliten datos con fines estadísticos siempre que se garantice el anonimato.

En La Rioja, por ejemplo, solo se practican interrupciones del embarazo en el hospital San Pedro, donde 23 de los 26 facultativos de ginecología eran objetores en marzo, como informó Newtral. Entonces, solo tres médicos estaban realizando abortos en la sanidad pública en toda la comunidad. Además, únicamente se utiliza el método farmacológico. Las mujeres que optan interrumpir su embarazo en un quirófano tienen que trasladarse a otra región para ejercer su derecho.

Cambios muy lentos

El censo es propiedad de cada una de las comunidades, es decir, no es un registro nacional. Una vez los centros tengan todos los datos para dimensionar qué porcentaje de personal no está dispuesto a intervenir en abortos tendrá que adecuar los recursos humanos para garantizar esta prestación, pero también asegurarse, por un lado, de que los no objetores no se queden “relegados en exclusiva” a hacer estos procedimientos y, por otro, que los opositores “sufran cualquier discriminación” por su decisión.

La objeción de conciencia se ha utilizado en España, desde que entró en vigor la ley de 2010, como “un paraguas institucional para no hacer estas intervenciones en la sanidad pública”, explicaba en este artículo Raquel Hurtado, coordinadora del Área de Intervención social de la Federación de Planificación Familiar Estatal (FPFE). A esto quiere poner fin la ley, aunque los cambios son lentos.

La entrada en vigor de la ley solo ha variado el reparto de abortos entre centros privados y públicos en un punto porcentual, pese a que es una prestación incluida desde hace casi 15 años en la cartera de servicios. Como ya contó elDiario.es, hay cinco comunidades que no practican ni 50 abortos al año en la sanidad pública: Andalucía, Castilla-La Mancha, Murcia, Aragón y Extremadura. Esta última no registró ni uno en 2023. En Madrid o en Asturias la cifra no llega al centenar.

Además, el año pasado todavía había 12 provincias que no habían notificado intervenciones, pero sí mujeres que se habían sometido a ellas, lo que significa que han sido derivadas a otros lugares. Sigue sucediendo pese a que el Tribunal Constitucional sentenció hace poco más de un año que obligar a una mujer a viajar vulnera sus derechos fundamentales.