Resolución cierra la puerta a legalización de marihuana en Costa Rica
La resolución de la Sala Constitucional, que declaró inconstitucional el proyecto de ley para el consumo recreativo de cannabis, cerró la puerta a la legalización de la marihuana en Costa Rica. Con esta decisión mayoritaria, los magistrados dejaron al país solo tres opciones para retomar el debate: desvincularse de tres tratados internacionales, crear una reserva que permita una excepción en esos acuerdos, o un eventual cambio de criterio por parte del alto tribunal.
El abogado y docente de la Facultad de Derecho de la Universidad de Costa Rica, Marvin Carvajal Pérez, explicó a La Nación que ninguna de estas opciones es sencilla ni factible de concretar.
El órgano constitucional entró a conocer el proyecto por solicitud del Tribunal Supremo de Elecciones (TSE), a raíz de una solicitud de referéndum planteada por el ciudadano Erick González Camacho. La iniciativa buscaba regular el consumo, cultivo, producción y venta de cannabis con fines recreativos. Entre sus propuestas figuraba la autorización para poseer hasta 30 gramos de marihuana para uso personal y el cultivo de hasta seis plantas por persona, siempre que no fuera con fines comerciales.
Sin embargo, el 27 de noviembre, la Sala determinó que la propuesta contraviene la Convención Única de 1961 sobre Estupefacientes, la Convención de Viena sobre Sustancias Psicotrópicas y la Convención de las Naciones Unidas contra el Tráfico Ilícito de Estupefacientes y Sustancias Sicotrópicas.
Este conflicto entre el proyecto 23.383 y los tratados internacionales plantea una contradicción con el artículo 7 de la Constitución Política, que establece la primacía de los acuerdos internacionales sobre las leyes nacionales. Según Carvajal, la legalización del consumo recreativo de cannabis no es viable, ya que los tratados lo prohíben, y por jerarquía normativa, una ley nacional tampoco podría permitirlo.
“Tendría necesariamente el país que salirse de estos instrumentos internacionales, ya sea denunciándolos o estableciendo reservas cuando sea posible, para poder emitir una ley que regule lo que se pretendía regular mediante este proyecto legislativo”, concluyó Carvajal.
El abogado, no obstante, concluyó que esta opción es “poco probable”, ya que estos acuerdos abordan otros temas cruciales para Costa Rica y son compromisos internacionales de los cuales no se podría desvincular el país únicamente por el tema de la marihuana.
Los tratados públicos, los convenios internacionales y los concordatos, debidamente aprobados por la Asamblea Legislativa, tendrán desde su promulgación o desde el día que ellos designen, autoridad superior a las leyes. Los tratados públicos y los convenios internacionales referentes a la integridad territorial o la organización política del país, requerirán de la aprobación de la Asamblea Legislativa, por votación no menor de las tres cuartas partes de la totalidad de sus miembros, y la de los dos tercios de los miembros de una Asamblea Constituyente, convocada al efecto.
Artículo 7, Constitución Política de Costa Rica
Siempre hay excepciones... ¿o no?
Marvin Carvajal explicó que la segunda opción para legalizar la marihuana sería que el país establezca reservas en estos tres tratados. Se trata de “excepciones” que permiten a los Estados adherir parcialmente a un tratado, excluyendo o modificando algunos de sus efectos.
“Las reservas, si bien normalmente son un tema que se discute al inicio cuando se está negociando un tratado internacional, eventualmente algunos podrían permitir una reserva posterior, pero probablemente va a requerir de la aprobación de las demás partes, entonces realmente resulta muy poco probable”, indicó Carvajal.
El abogado destacó que existen casos excepcionales de países que han logrado avanzar en la legalización, a pesar de estar sujetos a tratados internacionales. Por ejemplo, Uruguay permite el uso recreativo del cannabis desde 2013, a pesar de pertenecer a la Convención Única de Estupefacientes de 1961.
Esta decisión fue criticada por la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito (Unodc, por sus siglas en inglés), que afirmó que Uruguay infringió los acuerdos internacionales al regular la producción, venta y consumo de marihuana.
Sin embargo, Carvajal señaló que estas violaciones no necesariamente acarrean sanciones para el Estado infractor y recordó que no todos los países tienen restricciones explícitas en su Constitución, como ocurre en Costa Rica con el artículo 7.
Magistrados podrían cambiar de criterio
Las resoluciones de la Sala Constitucional son vinculantes para todos, excepto para la propia Sala. Esto significa que, en el futuro, los magistrados podrían reconsiderar su postura e interpretar de manera diferente este tipo de iniciativas, sin declararlas inconstitucionales. Según Carvajal, esta opción es algo “perfectamente posible”.
El proyecto 23.383 fue presentado inicialmente por el Gobierno a la Asamblea Legislativa en octubre de 2022. Desde entonces, ha sido objeto de análisis en la Comisión de Ambiente, compuesta por nueve legisladores de diversas fracciones políticas.
El 29 de agosto de 2023, la comisión rechazó la iniciativa por mayoría, con cinco votos en contra frente a tres a favor. A pesar de este rechazo, el texto fue enviado al plenario en setiembre de 2023 con un dictamen mayoritario negativo y otro minoritario favorable, para que los diputados tomen una decisión final.
Esto significa que, por ahora, el proyecto continúa pendiente en el orden del día en el Congreso, a la espera de ser analizado en una sesión del plenario legislativo. Sin embargo, a menos que se materialice alguno de los tres escenarios planteados, su futuro será el mismo que el de la iniciativa sometida a referéndum.