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Desde el 1 de enero se pueden rescatar los ahorros del plan de pensiones anteriores a 2016

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Abc.es 
Los ahorradores podrán rescatar desde el próximo 1 de enero el patrimonio acumulado en sus planes de pensiones privados gracias a la nueva ventana de liquidez aprobada hace diez años. Con el objetivo de mejorar el atractivo de estos instrumentos de previsión complementaria y hacerlos menos rígidos, el Gobierno introdujo en 2014 un nuevo supuesto en la Ley de Regulación de los Planes y Fondos de Pensiones por el que se permite disponer del capital acumulado una vez haya transcurrido una década desde la aportación. El dinero que se podrá rescatar de los planes de pensiones también incluirá las rentabilidades generadas durante este periodo. Según se establece en el desarrollo de este aspecto de la ley, «los partícipes de los planes de pensiones del sistema individual y asociado podrán disponer anticipadamente del importe de sus derechos consolidados correspondiente a aportaciones realizadas con al menos diez años de antigüedad». Este punto se añadía a las otras cuatro contingencias que permiten retirar el dinero de los planes de pensiones: jubilación, incapacidad laboral total y permanente para la profesión o gran invalidez, muerte del partícipe o beneficiario, y Dependencia severa o gran dependencia del partícipe. Eso sí, existe una salvedad para los planes de pensiones de empleo . Aunque la ventana de liquidez a diez años es igualmente aplicable para estos ahorros del sistema colectivo, deberán ser las comisiones de control de los planes las que modifiquen las condiciones y especificaciones para dar cabida al rescate por parte de los trabajadores que tengan ahí ahorros depositados. «Los partícipes de los planes de pensiones del sistema de empleo podrán disponer de los derechos consolidados correspondientes a las aportaciones y contribuciones empresariales realizadas con al menos diez años de antigüedad si así lo permite el compromiso y lo prevén las especificaciones del plan y con las condiciones o limitaciones que éstas establezcan en su caso», especifica la ley. Sin embargo, fuentes financieras señalan que una vertiente de las consignas que se están realizando a los miembros de estas comisiones de control es mantener cerrado el grifo de los rescates con el objetivo de preservar el patrimonio de los planes y la viabilidad de los mismos evitando su descapitalización. Cabe recordar, como una aproximación al montante de ahorros que estaría en disposición de ser rescatados que según las cifras oficiales de Inverco a cierre de 2015 el patrimonio de los planes de pensiones individuales se situaba en 68.011 millones de euros. Todo lo depositado hasta esa fecha y las rentabilidades generadas son susceptibles de salir a través de este nuevo supuesto de liquidez disponible desde el próximo 1 de enero. Igualmente, pese a que como se ha mencionado dependerá de la modificación de las condiciones y especificaciones de los fondos, el patrimonio de los planes de empleo se situaba hace justo una década en los 35.548 millones de euros. Pese a esta eventualidad, las gestoras y aseguradoras que comercializan planes de pensiones no recomiendan en primera instancia las retiradas de capital. Lo primero, porque este ahorro está concebido para ser acumulado a lo largo de la vida profesional generando un complemento para la pensión de jubilación del sistema público que permita mantener un nivel de vida suficiente en el momento del retiro. Y lo segundo, porque cabe recordar que el rescate de este capital será contabilizado como incremento de renta del trabajo a la hora de realizar la declaración de la Renta estando sujeto a la correspondiente retención de IRPF . No existe, eso sí, mayor condición para la recuperación de ahorro acumulado que la vigencia de esos diez años, siendo la única operativa necesaria el acudir a la entidad bancaria o aseguradora para comunicar que se pretender retirar la cuantía. Como en cualquier supuesto de rescate del plan de pensiones, para el supuesto de los diez años de antigüedad de las aportaciones se podrá realizar en forma de en forma de capital –se cobran todos los fondos de una sola vez–; de renta –se recibe periódicamente una cantidad, pudiendo ser mensual, trimestral, semestral o anual–; o mixta, combinando ambas opciones. Según los tramos de IRPF, ya que contabiliza como renta del trabajo –sumándose la cantidad rescatada al ingreso ordinario declarado–, las retenciones serían del 19% hasta 12.450 euros anuales declarados –sumando todos los ingresos–; entre 12.451 y 20.200 euros ascendería al 24% de retención; entre 20.201 y 35.200 euros anuales crece hasta el 30%; de 35.201 a 60.000 euros se paga un 37% a Hacienda; entre 60.001 y 300.000 de ingreso declarado la retención se incrementa hasta el 45% ; mientras que con más de 300.000 anuales en total, el descuento es del 47% .