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Ноябрь
2024

¿Qué tipo de 'okupa' tienes en tu casa? Este será el tipo de inquilino al que podrás echar de tu vivienda en 15 días

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La Policía Nacional desplegó este martes en Puente de Vallecas un dispositivo para desalojar el 'okupado' Centro Social La Atalaya, ubicado en el número 2 de la calle del Puerto del Milagro, un inmueble donde la Agencia de Vivienda Social (AVS) prevé construir 60 viviendas para familias en situación de vulnerabilidad. El Centro Social La Atalaya, que originalmente era un instituto abandonado de Puente de Vallecas, se ocupó en 2014 y fue desalojado sin heridos ni detenidos.

La 'okupación' es un gran problema a nivel nacional, según datos del Ministerio del Interior, el año pasado se produjeron 15.289 infracciones penales de este tipo. Para agilizar los desahucios, el Congreso de los Diputados aprobó una reforma en la Ley de Enjuiciamiento Criminal gracias al error de Bildu en la votación. Todavía no ha entrado en vigor, ya que se encuentra siendo estudiada en el Senado, pero se espera que salga adelante debido a que el PP ostenta mayoría absoluta en la Cámara.

Los plazos para su publicación en el BOE son los siguientes: el Congreso la aprobó el pasado 15 de noviembre, por lo que la Cámara Alta aún dispone de mes y medio para su aprobación. Una vez lo hagan, Felipe VI tendrá 15 días para sancionarla y ordenar su publicación.

¿A qué ocupas afecta el cambio en la Ley de Enjuiciamiento Criminal?

Los cambios solo afectarán a los delitos de allanamiento y usurpación de morada, es decir, a los casos en los que haya un delito claro y manifiesto. En estos casos, los 'okupas' serán juzgados en un proceso rápido y no tendrán derecho al estudio de la vulnerabilidad.

La nueva reforma consiste en añadir estos delitos de usurpación de morada, tipificado en el artículo 245 del Código Penal, y de allanamiento de morada, que se trata en el artículo 202 del Código Penal, a esta Ley de Enjuiciamiento Criminal para que estos pasen a tramitarse en los juicios de procedimiento abreviado, es decir, los 'okupas' serán juzgados en un plazo máximo de 15 días desde su puesta disposición judicial.

La nueva ley no afecta a los 'inquiokupas'

Los inquilinos que se queden en los pisos sin pagar el alquiler no serán juzgados de forma rápida, es decir, los casos de 'okupación' que se den tras vencer un contrato de alquiler no irán por este proceso rápido, ya que, al acceder legalmente a la vivienda y contar con un contrato en el que se certifica que esa vivienda alquilada es la residencia del 'inquiokupa', no hay delito flagrante de usurpación o allanamiento de morada. Estos serán juzgados por el procedimiento habitual.

Los orígenes del 'Movimiento Okupa'

Este fenómeno se gestó en España, en los años 80, como una respuesta radical a las dificultades económicas del país en la época, este movimiento abogaba por la ocupación temporal o permanente de viviendas o locales deshabitados. Se originó al finalizar la dictadura franquista y fue impulsado en un principio por jóvenes que se oponían al servicio militar obligatorio. Desde sus inicios, el Movimiento Okupa se consideró como una forma de resistencia, bajo el lema "Okupa y resiste". Los integrantes de este movimiento se autogestionan, participan en actividades contraculturales y tienen actividad política. Tiene un carácter antisistema