ru24.pro
World News
Октябрь
2024

Aprobadas licencias remuneradas de hasta 3 días por muerte de familiares

0

Con el voto unánime de 38 diputados, la Asamblea Legislativa aprobó este lunes en segundo debate el proyecto de ley 23.929, el cual habilitará licencias remuneradas por duelo, de uno a tres días hábiles, para los asalariados. El plazo dependerá del grado de parentesco con el familiar fallecido:

Primer grado

En casos de primer grado de consanguinidad o afinidad, los patronos deberán otorgar tres días de licencia. Esto incluye padres, hijos e hijos adoptivos, así como cónyuges, parejas, suegros, yernos y nueras.

Segundo grado

En el caso del segundo grado, se otorgará un día de permiso. En este rango, están abuelos, nietos, hermanos y cuñados.

Tercer grado

También, se otorgará un día por la muerte de un familiar en tercer grado por consanguinidad o afinidad. Tal es el caso de tíos, sobrinos, bisabuelos o bisnietos, además de tíos y sobrinos políticos. Así lo explicó Marco Durante, socio director de BDS Asesores.

La iniciativa fue presentada en septiembre de 2023 por cinco miembros de la bancada del Frente Amplio, y entrará en vigencia a partir de la publicación oficial en el diario oficial La Gaceta, una vez que reciba la firma del presidente de la República, Rodrigo Chaves.

Esta ley reforma el artículo 69 del Código de Trabajo. Se aclara que, en el caso de convivientes en unión de hecho, para obtener la licencia el trabajador debe aportar a su empleador una declaración jurada.

Además, en casos de adopción, el trabajador debe presentar una certificación de la resolución administrativa, judicial o sentencia que demuestre el inicio de convivencia con fines de adopción.