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Октябрь
2024

Actualizan el listado de sujetos obligados ante la UIF: quiénes deben informar sus movimientos desde ahora

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A través de la Resolución General 1026/2024 publicada en el Boletín Oficial este lunes, la Comisión Nacional de Valores (CNV) amplió la lista de sujetos y entidades obligadas a reportar a la Unidad de Información Financiera (UIF) sus movimientos en el mercado de capitales.

La actualización se enmarca en la Ley N° 25.246, que se ocupa de la prevención del lavado de activos y el financiamiento del terrorismo, y en la Ley de Mercado de Capitales (N° 26.831), la cual "establece la atribución de la CNV para fiscalizar a las personas humanas y/o jurídicas que desarrollen actividades relacionadas con la oferta pública de valores negociables".

A raíz de esto, la CNV modificó la normativa existente y excluyó a los Agentes Depositarios Centrales de Valores Negociables y a los Agentes de Custodia, Registro y Pago de la obligación de informar a la UIF sus movimientos financieros. 

Esto afecta a las entidades que se encargan de custodiar instrumentos financieros o gestionar operaciones relacionadas: los detalles.

Quiénes deben informar ante la UIF sus movimientos en el mercado

Este lunes, la UIF y la CNV adecuaron distintas normativas para excluir a ciertos sujetos y entidades del listado que obliga a informar sus movimientos financieros al Estado.

Se trata de los Agentes Depositarios Centrales de Valores Negociables y a los Agentes de Custodia, Registro y Pago de la obligación, los cuales ya no deberán atenerse a esta obligación.

 Ahora, con la adecuación del listado, este incluye a los siguientes sujetos obligados ante la UIF:

  • Agentes de Negociación;
  • Agentes de Liquidación y Compensación, y otros intermediarios con funciones equivalentes;
  • Agentes de colocación y distribución involucrados en Fondos Comunes de Inversión y otros productos de inversión colectiva;
  • Agentes Asesores Globales de Inversión y entidades encargadas de la apertura del legajo e identificación del perfil de riesgo del cliente en cuanto a prevención del lavado de activos y financiamiento del terrorismo;
  • Fiduciarios financieros que actúan en fideicomisos financieros con oferta pública autorizada;
  • Plataformas de Financiamiento Colectivo y entidades autorizadas que operan en este ámbito mediante portales web o medios similares, facilitando el contacto entre inversores y emprendedores;
  • Proveedores de Servicios de Activos Virtuales.

La CNV también precisó que los Agentes de Liquidación y Compensación - Participante Directo que se limiten a registrar operaciones en futuros y opciones sobre futuros no estarán obligados a reportar, siempre que actúen por cuenta propia y no presten servicios de intermediación o apertura de cuentas para terceros.

Además, la normativa impone que estos sujetos solo podrán procesar operaciones en la oferta pública de valores negociables, contratos a término, futuros u opciones cuando los inversores sean de jurisdicciones con transparencia fiscal o no consideradas de alto riesgo por el Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI).

Esta actualización tiene como objetivo fortalecer el marco de prevención del lavado de activos y financiamiento del terrorismo, alineándose con normativas internacionales y principios de transparencia fiscal.

CNV UIF by zoe braziulis