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Banca española pide al Gobierno mantener criterio legal sobre tasas máximas en créditos de consumo

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Madrid. La banca española trasladó una serie de peticiones al Gobierno para que se respeten los tasas máximas que han establecido ya los jueces sobre los créditos al consumo, aprovechando la consulta pública previa que el Ministerio de Economía, Comercio y Consumo abrió para recoger la opinión del sector en el cambio de la nueva directriz europea sobre estos productos.

Por ejemplo, el año pasado el Tribunal Supremo ya creó un criterio al considerar ‘usura’ un tipo de una tarjeta revolving (de pago a plazos) que esté seis puntos porcentuales (p.p.) por encima de la tasa media que se aplique en España para ese producto.

De tal manera, la Asociación Nacional de Establecimientos Financieros de Crédito (Asnef), que representa a las financieras de los principales bancos en España, solicitó al Gobierno que respete estas tasas máximas, puesto que ya hay una jurisprudencia “pacífica” al respecto. Otras fuentes bancarias indicaron a Europa Press que sentencias como la del Supremo han creado una regulación “muy clara” de protección al consumidor.

Asnef también solicitó al Ejecutivo una petición habitual para el sector, como es la de que el negocio de préstamos al consumo se reserve solo a entidades reguladas que cumplen con las “exigencias y requerimientos necesarios” para “garantizar” la seguridad y la protección de los consumidores, de tal forma que no participen en el mercado empresas como fintechs que pueden dar créditos al consumo, pero sin soportar la misma regulación.

En materia de solvencia, la asociación señaló que las entidades reguladas cuentan con políticas de préstamo “responsable”, pero cree que es necesario, por una parte, progresar en la utilización de las nuevas herramientas que la tecnología proporciona y, de otra, dotar de mayor facilidad para el tratamiento de datos en la evaluación de la solvencia, evitando así que “lo que una norma exige sea negado por otra”.

Sobre la comercialización de seguros ligados al crédito, la asociación sostiene que los seguros de protección de pagos son “fundamentales” para acceder al crédito por una parte de los consumidores que, de otra forma, “no podría acceder”.

Por último, proponen que la categorización de las estadísticas del Banco de España sobre los diferentes productos de crédito “se adecuen a la realidad del mercado existente”. Piden que sean “verdaderamente representativas” y den una información “veraz y transparente”, ya que “en muchos casos” se utilizan indicadores publicados a los meros efectos de política monetaria, pero que, sin embargo, “no son referencias adecuadas” para comparación de tipos de interés por los consumidores.

Nueva figura de prestamista de consumo

La Asociación de Usuarios Financieros (Asufin) es otra de las organizaciones que participó en la consulta pública previa que el Ministerio de Economía cerró el pasado 4 de octubre. Entre las alegaciones presentadas, solicitó que las tarjetas de debito diferido no queden excluidas del nuevo paquete normativo que, además de una ley, también incluye un decreto y una orden ministerial.

Este producto permite que el importe no se cargue a la cuenta de manera inmediata, sino en otra fecha, por lo que el usuario no tiene por qué tener los fondos en el momento de realizar la compra, pero sí en la fecha establecida para pasar el cargo. “De lo contrario, su cuenta quedará en descubierto y tendrán que pagar elevados intereses y comisiones al banco”, explica Asufin, lo que puede dar lugar a un “fácil endeudamiento”.

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Siguiendo con las peticiones de Asnef, Asufin no solicitó una reserva de actividad para entidades supervisadas, pero sí que se cree la figura de prestamista de crédito al consumo por el que nuevos actores del sistema estén bajo un procedimiento de reconocimiento “adecuado” y a mecanismos de registro y supervisión establecidos por una autoridad competente independiente.

Además, entre otras cuestiones, creen que es necesario introducir medidas para prevenir posibles abusos para los consumidores y garantizar que se eviten tasas “excesivamente elevados” para el consumidor. Solicitaron que se fijen “topes porcentuales” que se consideren excesivos, principalmente en créditos verdes con el objetivo de “incentivarlos”.

Propuesta de Ley de crédito de consumo

Según explicó el Ministerio de Economía, Comercio y Empresa en la consulta pública, la intención es redactar una nueva ley de contratos de crédito al consumo para transformar la Directiva europea 2023/2225 que debe entrar en vigor, “a más tardar”, el 20 de noviembre de 2025. También se redactará un decreto y una orden ministerial que modificará la regulación de la publicidad de servicios y productos bancarios, y la regulación de transparencia y protección del cliente de servicios bancarios.

El motivo de la nueva normativa es que la anterior resultó “eficaz solo de forma parcial”, tanto por la redacción de ciertos artículos como por factores externos, que incluyen cambios derivados de la digitalización, la aplicación práctica y el cumplimiento en los estados miembros, así como en la existencia de ciertos aspectos del mercado de crédito al consumo que dicha directiva no contempla.

La nueva iniciativa amplía el ámbito de aplicación a algunos contratos que habían quedado excluidos en la normativa de 2008, como, por ejemplo, los contratos de crédito al consumo cuyo importe total de crédito sea inferior a €200 y los contratos de alquiler o de arrendamiento financiero con opción de compra.

La normativa, que se aplicará sobre prestamistas e intermediarios que quedan sujetos a un procedimiento de registro y autorización previo para poder operar, salvo entidades de crédito, incluye disposiciones específicas sobre la publicidad de préstamos al consumo para advertir sobre el coste, que debe proporcionarse “de forma clara y destacada”.

Por último, entre otras cuestiones, prohíbe la concesión de crédito no solicitado y deja a los estados miembros que introduzcan medidas para prevenir posibles abusos, como garantizar que no se pueda imponer tasas o costos totales “excesivamente elevados”, como límites máximos.