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Tribunal de Apelación ratifica alevosía en masacre de Matama

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La masacre de ocho personas, el 12 de marzo del 2022 en Matama de Limón, ocurrió de forma planeada y con alevosía por parte de los cuatro hombres condenados, confirmó el Tribunal de Apelación de Goicoechea el pasado 18 de setiembre.

Este fallo negó los argumentos de la defensa de Emanuel Pantoja Jiménez, Luiggi Zapata Díaz, José Ángel Duarte Tovar y Yosimar Arias Solano, condenados en marzo a 245 años de prisión cada uno, reducido a 50 años por ser la máxima pena posible en Costa Rica. Los abogados pretendieron atenuar la pena a homicidio simple en lugar de homicidio calificado, al argumentar que ni la Fiscalía ni el Tribunal Penal razonaron por qué hubo alevosía en los hechos acusados.

La alevosía es la precaución que toma el homicida para minimizar sus riesgos y atacar con mayor certeza a su víctima, y es un agravante que puede elevar el crimen a homicidio calificado.

“No existe una forma de llegar a una conclusión unívoca de que los imputados sabían a ciencia cierta aspectos como que el ofendido estuviera en la imposibilidad de repeler el ataque, tanto así que se procuraran ese preciso momento para ejecutar el hecho delictivo”, argumentó el abogado Michael Castillo, defensor de tres de los ahora condenados.

Cuatro hombres condenados a 245 años por la mayor masacre de la historia

También adujo que la pena impuesta “debe obedecer a la gravedad del hecho y personalidad del autor”, y por lo tanto el Tribunal omitió que sus representados son personas jóvenes, en un estado de vulnerabilidad por ser venezolanos en condición migratoria irregular, y que cinco de las víctimas tenía un amplio expediente criminal por delitos contra la vida y la salud pública, “lo que pudo influir en la comisión de los ilícitos”.

No obstante, los jueces de Apelación rechazaron todos estos razonamientos, pues la Fiscalía demostró que los imputados llegaron a la finca Los Pinto vestidos como agentes del Organismo de Investigación Judicial (OIJ), lo que evidencia que pretendían engañar a los ofendidos. Además, portaban armas de grueso calibre, mientras que los ofendidos no tenían armas cerca para defenderse.

Destaca, asimismo, el hecho de que se trasladaron en un grupo de varias personas, similar al de víctimas posibles, a quienes acostaron boca abajo para dispararles.

Tampoco le dieron la razón a la defensa en cuanto a la condición de vulnerabilidad de los extranjeros. “El ser venezolanos no los exime de respetar la vida humana, principio que traspasa cualquier frontera, no ingresaron al país en busca de un futuro mejor”, señaló el Tribunal de Apelación.

El hecho de que los ofendidos tuvieran expediente criminal, en especial Dany Hernández Fernández, alias Ratón, tampoco atenúa la gravedad de los hechos.

Al menos 10 personas habrían participado en masacre de Matama, según tesis policial

“Que Hernández Fernández, alias Ratón, fuera conocido e investigado por narcotráfico o si llevaban o no armas, no disminuye en nada la responsabilidad de los acriminados, porque se trata de vidas humanas, que independientemente de sus acciones, debían ser respetadas”, explicaron los jueces.

Además de Hernández, los otros asesinados fueron Leonardo Bonilla Pérez, Alejandro Salazar López, Michael Kelly Davis, Royandy Cook Beckford, Divan Luis Michel Bustos, José Bernardo Montoya Arias y Peterson Bell Arias, con edades comprendidas entre los 21 y los 51 años.

Tras cometer la masacre, los hombres huyeron del sitio y fueron detenidos poco después. Pantoja y Arias fueron capturados en un Range Rover rojo, luego de chocar con la góndola de una vagoneta en la localidad de New Castle, a unos cuatro kilómetros de la escena del crimen.

Díaz y Tovar, por su parte, se metieron a una casa a cambiarse de ropa en su intento por escabullirse de la Policía; sin embargo, fueron arrestados mientras caminaban en el sector de Westfalia.

El cadáver de Bell Arias, de 42 años, apareció el 11 de marzo, nueve días después del hallazgo de los otros cuerpos en la citada finca. El OIJ lo atribuyó al mismo acontecimiento, pero no se le pudo achacar a los imputados por dudas.

Supuesto ‘quebranto’ al derecho de defensa

Asimismo, los abogados intentaron anular la sentencia bajo la premisa de que a sus clientes no les permitieron acceder a su abogado de confianza luego de ser arrestados, pues se les facilitaron solo abogados de la Defensa Pública.

No obstante, este es un procedimiento usual cuando es urgente el nombramiento inmediato de abogados por la complejidad de los hechos.

De igual forma, se argumentó que el Tribunal no les facilitó un papel y lapicero a los imputados durante el debate, a pesar de que lo solicitaron desde un principio.

La defensa también pidió la anulación de la condena al asegurar que esta se basó en declaraciones de testigos que no se presentaron durante el debate, sino que fueron entrevistados antes por los investigadores.

Ante esto, los jueces de Apelación constataron que se había emitido una alerta para no facilitar la movilidad de los imputados, por lo que debían estar esposados y sin acceso a objetos duros y puntiagudos que podrían ser usados como armas.

Además, señalaron que el Tribunal Penal no se basó solo en las declaraciones de testigos ausentes, sino que las corroboraron con prueba adicional que le da validez a dichas declaraciones.