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¿Cobra una pensión de viudedad? Estas son las ayudas que son compatibles con la prestación

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Más de un millón y medio de personas en nuestro país reciben una pensión de viudedad, de las que, un 95% son mujeres. Esta prestación, en palabras de la Seguridad Social, tiene el objetivo de "proteger la situación de necesidad económica ocasionada por el fallecimiento de la persona que origina la prestación". Por tanto, esta pensión está destinada a aquellas personas que han tenido un vinculo matrimonial o han sido pareja de hecho con el fallecido y no han contraído un nuevo matrimonio.

Los beneficiarios de esta prestación no acceden nunca al 100% de la pensión de sus cónyuges. Y es que, por norma general, la pensión asciende al 52% de la base reguladora, aunque este porcentaje puede elevarse, por lo que los pensionistas podrán llegar a recibir el 60% o incluso el 70%.

En este sentido, la cuantía media de esta pensión en el mes de septiembre fue de 897,85 euros mensuales, muy alejada de la pensión media del sistema –la que comprende la pensión de jubilación, incapacidad permanente, viudedad, orfandad y en favor de familiares–, que ascendió a los 1.258,04 euros mensuales.

Este organismo establece que esta prestación económica será compatible con cualquier renta de trabajo del beneficiario, así como con las pensiones de jubilación e incapacidad permanente a las que pudiera tener derecho. Sobre la pensión de jubilación es necesario saber que es compatible "siempre y cuando no supere el límite de la pensión máxima fijada para cada año. En el caso de este 2024 es de 3.175 euros mensuales, uno 44.450 euros anuales", tal y como explican desde 65ymás.

Asimismo las pensiones de viudedad del sistema también son compatibles con las pensiones del Seguro Obligatorio de Vejez e Invalidez (SOVI). Cuando concurran ambas, "su suma no podrá ser superior al doble del importe de la pensión mínima de viudedad para beneficiarios con 65 o más años establecida en cada momento", según señala la Seguridad Social. No obstante, en el caso de que se supere este límite, la cuantía de la pensión del SOVI se reducirá en el importe necesario con el objetivo de no exceder el límite indicado.

¿Cuándo es incompatible?

La Seguridad Social establece que la pensión de viudedad, "cuando el causante no se encontrase en alta o en situación asimilada al alta en la fecha del fallecimiento, será incompatible con el reconocimiento de otra pensión de viudedad en cualquiera de los regímenes de la Seguridad Social, salvo que las cotizaciones acreditadas en cada uno de los regímenes se superpongan, al menos, durante 15 años".