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El Ayuntamiento de Córdoba sopesa ampliar las restricciones de veladores a otras zonas saturadas

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Abc.es 
La Gerencia Municipal de Urbanismo (GMU) del Ayuntamiento de Córdoba ha abierto la puerta a la ampliación de las Zonas de Ordenación Conjunta para el ejercicio 2025 , «en caso de detectarse, a lo largo del año, conflictos en el uso de los espacios públicos con las terrazas y requiera para su solución un análisis más detenido del reparto y distribución de los veladores entre distintos establecimientos». Las Zonas de Ordenación Conjunta son aquellas en las que rigen unos criterios especiales, por lo común más rígidos que en el resto de la ciudad, porque tienen mayor densidad de terrazas o porque en ellas concurren circunstancias concretas que así lo aconsejan. En la actualidad, las Zonas de Ordenación Conjunta se sitúan en las siguientes calles: plaza de las Tendillas , Cruz Conde, Historiador Díaz del Moral, Morería, Conde de Cárdenas, María Cristina, García Lovera, Victoriano Rivera-La Plata-Mármol de Bañuelos, Capitulares, Diario de Córdoba, Claudio Marcelo y San Fernando. En la zona antigua también están sujetas a las regulaciones de las Zonas de Ordenación Conjunta la plaza de la Corredera, San Miguel , Pastores, San Ignacio de Loyola, plaza del Escudo, Córdoba de Veracruz, San Nicolás, La Trinidad. A estas áreas se suman Gran Capitán, Ronda de los Tejares , Plaza Flor del Olivo, avenida de la Libertad, avenida Al-Nasir, Agrupación de Cofradías, Ronda de Isasa, Paseo de la Ribera, Enrique Romero de Torres, Plaza Cardenal Salazar, plaza Judá Leví-Manríquez y Puerta de Almodóvar. María La Judía, Dolores Ibárruri, Poeta Juan Ramón Jiménez- Poeta Emilio Prados (Tablero), la avenida de Barcelona y del Aeropuerto, así como Costa Sol, Antonio Maura, Camino de los Sastres, plaza de Matías Prats, Isla de Fuerteventura, Isla de Formentera y la avenida del Cairo son otras zonas con regulaciones más estrictas. De otro lado, la Gerencia de Urbanismo abrió el 1 de octubre el plazo para la renovación y presentación de nuevas solicitudes de licencias de ocupación temporal de espacios exteriores con veladores, tal y como ha informado el Consistorio este domingo en una nota de prensa. El Ayuntamiento señala en el comunicado que, según lo previsto en el artículo 2 de la Ordenanza Municipal de Veladores, se establecen los siguientes plazos: desde el 1 de octubre hasta el 31 de diciembre de este año deberán presentar su solicitud aquellos establecimientos que ya obtuvieron licencia en este ejercicio o una prórroga del año anterior y pretendan ocupar el dominio público durante todo el año 2025, con idénticas características en todos sus extremos al año anterior (artículo 26.3 de la Ordenanza Municipal de Veladores ). En el mismo plazo también deberán presentar su solicitud aquellos establecimientos que no obtuvieron licencia en 2024 o que la lograron pero tienen previsto solicitar una ocupación diferente a la autorizada y pretendan ocupar el dominio público durante todo el año. De otro lado, aquellos establecimientos que se encuentren en las Zonas de Ordenación Conjunta (esto es, las que están sujetas a unos criterios de instalación y mesas más rígidos por la concentración de los mismos) y pretendan ocupar el dominio público, sea cual fuere el periodo en el que se pretenda instalar la terraza (anual o de temporada), también tendrán de plazo hasta el 31 de diciembre. El segundo marco temporal que establece el Ayuntamiento va desde el 1 de enero hasta el 28 de febrero de 2025 . Dentro de este plazo, deberá presentar su solicitud aquellos establecimientos que se encuentren fuera de las Zonas de Ordenación Conjunta y soliciten licencia de temporada (1 de abril A 31 de octubre).