Blanqueo de efectivo: último día para no perder un beneficio original clave
Hoy (30 de septiembre) es el último día para ingresar al blanqueo dinero en efectivo por hasta u$s 100 mil y obtener el beneficio de la liberación de los fondos desde el 1º octubre sin impuesto. El cambio de reglas con la prórroga, la situación en donde no se podrá ampliar la exteriorización y la alerta por la declaración jurada.
A seis días para el vencimiento, y con el justificativo del pedido de los bancos y contadores, el ministro de Economía, Luis Caputo hizo uso de las facultades delegadas y prorrogo hasta el 31 de octubre, inclusive la "Etapa 1" del Régimen de Regularización de Activos.
La de alícuota más baja, del 5% cuando se supere la franquicia de los u$s 100 mil versus el 10% y 15% de las dos sucesivas, y la única en donde se puede exteriorizar dinero en efectivo mediante el depósito en la Cuenta Especial de Regularización de Activos (CERA).
Pero la extensión del plazo no cambio las reglas de juego en cuánto a la posibilidad de retirar los fondos. Tal como se adelantó en el comunicado del Ministerio de Economía, y se oficializó hoy por medio del Decreto 864/2024, quienes lo hagan hasta del 30 de septiembre, inclusive mantendrían el beneficio.
"Aquellos fondos que se hubieren regularizado hasta el 30 de septiembre de 2024, inclusive, podrán retirarse a partir del 1° de octubre de 2024", destacaron en el artículo 3 del Decreto que se conoció esta madrugada en línea con lo que estableció el 31 de la Ley 27.743.
Así, hoy es la última oportunidad para blanquear efectivo hasta u$s 100 mil y poder retirarlo el 1° de octubre sin pagar ningún impuesto. Con un incentivo adicional: quienes lo hagan este lunes 30 septiembre, deberán dejarlo depositado en la CERA menos de 24 horas.
Nueva posibilidad con la extensión de fecha
Mientras que quienes lo hagan a partir de mañana (1º de octubre) deberán dejarlo en la cuenta especial hasta el día 31 del mes que viene inclusive y recién podrán transferirlo a cuenta común y disponer libremente de ellos desde el 1° de noviembre.
Solo podrán ampliar la regularización ante esta extensión de la fecha aquellos contribuyentes que cumplan con un requisito: el no retiro de los fondos. "Quienes retiren -parcial o totalmente- fondos a partir del 1º de octubre de 2024, conforme la normativa indicada, no podrán regularizar montos adicionales a partir de esa fecha de retiro", estipularon en el artículo 2 del Decreto.
La alerta por la declaración jurada
Si bien la legislación y luego el Decreto fijó que quienes exterioricen dinero en efectivo hasta u$s 100 mil al 30 de septiembre, inclusive podrán retirarlo desde el 1º de octubre, hay quienes alertan que podrían surgir inconvenientes.
"La reglamentación fue muy deficiente, el decreto se reformó dos, tres veces. Dentro de estas desprolijidades, una de ellas es que, aparentemente, mientras que no se presente la declaración jurada, el banco podría no liberarte los fondos", aseguró el contador Dario Rajmilovich.
Una situación que se puso sobre la mesa en el Espacio de Diálogo que existió el lunes 9 de septiembre pasado entre cinco tributaristas y funcionarios de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), que se comprometieron a analizar.
Dado que la habilitación para la presentación de la declaración jurada, que en el caso de dinero en efectivo sería el certificado de la cuenta, recién estaría el 7 de octubre. Por lo que, en caso de suceder, debería dejarse el dinero seis días más en la cuenta.
El CEO de SDC Asesores Tributarios, Sebastián Domínguez sostuvo en dialogo con El Cronista que ninguna norma establece que se debe presentar al banco una declaración jurada (que aún no se sabe cómo es) por la exteriorización.
Y que el posible requisito por parte de los bancos se debe a su preocupación por el caso de que un contribuyente abra diferentes CERAs cada una de ellas por montos inferiores a u$s 100 mil y quiera retirar los fondos sin pagar el impuesto del 5%.