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Сентябрь
2024

La decisión de AFIP que impactará en millones de contribuyentes desde octubre

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La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) anunció una nueva normativa que impactará de forma directa en millones de contribuyentes, en caso de no cumplir en tiempo y forma con la actualización. 

El organismo fiscal anunció hasta cuándo estará vigente el plazo para el reempadronamiento obligatorio. De no realizar el trámite, los monotributistas correrán el riesgo de quedarse sin cobertura médica.

La reglamentación de AFIP que impacta en miles de contribuyentes

La AFIP estableció fechas límites para reempadronamiento de los titulares del Monotributo Social, que se encuentran incluidos en los programas Acompañamiento Social, Volver al Trabajo y Microcrédito. 

Se trata de un trámite gratuito y obligatorio que deberán realizar los inscriptos para poder mantener su inscripción en la categoría impositiva: los mismos tendrán tiempo hasta el próximo lunes 30 de septiembre. 

Monotributo: ¿cómo realizar el trámite de reempadronamiento?

Los contribuyentes podrán realizar la gestión a través de la página oficial de ANSES, dirigiéndose a la opción "Programas y Beneficios". Allí, contarán con dos opciones: 

  • Continuar con el Monotributo Social: de continuar con esta categoría, a partir de octubre deberán asumir el 50% del aporte de la obra social, tanto suyo como de sus adherentes. 
  • Solicitud de Baja: se cancelará la inscripción del titular como a sus adherentes del Monotributo Social y del Registro Nacional de Efectores de Desarrollo Local y Economía Social.

Vale destacar que, en caso de no cumplir con el tiempo de reinscripción, la AFIP considerará que el contribuyente decidió darse de baja del Monotributo Social. 

Cambia el Monotributo Social: las nuevas condiciones para la inscripción

La cartera a cargo de Sandra Petovello confirmó que, a partir de ahora, el titular que quiera mantener el Monotributo Social deberá abonar el 50% restante del componente de la obra social por su propia cuenta y por cada adherente.

Anteriormente, el monotributista ya abonaba el 50% del costo de la obra social, por lo que ahora pasará a cubrir el 100% de los gastos y dejará de ser un beneficio la cobertura médica.

Mientras que quedará exento de abonar el importe integrado y se computarán los aportes regulares en la Prestación Básica Universal del SIPA (Sistema Integrado Previsional Argentino).