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Acceder a la jubilación activa será más difícil en 2025: lo que no te han contado de la cuarta reforma de las pensiones

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Fue ayer miércoles, 18 de septiembre, cuando culminó la última reforma de las pensiones alcanzada el 31 de julio entre los agentes sociales y capitaneada ahora por la ministra de la Seguridad Social Elma Saiz, aunque ideada por el que fuera su homólogo en el cargo José Luis Escrivá, actual gobernador del Banco de España.

En este sentido, el pacto alcanzado por el Gobierno de España con patronal y sindicatos, que retomaba la reforma del sistema de pensiones, incluye cambios en la jubilación de los trabajadores que se dedican a actividades penosas o de riesgo, la colaboración de las mutuas para frenar el aumento en el gasto en bajas laborales, así como novedades en la jubilación activa, la jubilación parcial y la demorada.

Si por algo destaca el texto es por estar pensado para mejorar, según palabras del ejecutivo español, la compatibilidad de la pensión con el trabajo. Para ello, entre los puntos del acuerdo, se establece una nueva regulación de la jubilación parcial y de la jubilación activa para hacerla más atractiva. A su vez, también se ha logrado un entendimiento sobre el procedimiento para establecer coeficientes reductores de la edad de jubilación para ocupaciones especialmente penosas o peligrosas.

Jubilarse casi a los 71 años para cobrar la pensión íntegra

Si bien es cierto que el acuerdo busca mejorar la flexibilización de las pensiones, especialmente si se tiene en cuenta que España envejece y, a su vez, cada vez es mayor la esperanza de vida por lo que es fundamental garantizar la viabilidad del sistema de pensiones. Para ello, en los últimos años de 2022 y 2023, el Gobierno ha ideado este tipo de reformas con la intención de incentivar que los trabajadores se jubilen cada vez más tarde.

Ahora bien, la jubilación activa también significa jubilarse pasados los 66 años, y eso en el mejor de los casos, puesto que para optar a esta modalidad tiene que haber pasado al menos un año después de haber cumplido la edad de jubilación ordinaria. A día de hoy, la edad de jubilación ordinaria se encuentra en 65 años, siempre que se haya cotizado al menos 38 años a la Seguridad Social, pero, cabe mencionar, que los requerimientos se endurecerán de cara a 2025: hasta los 38 años y tres meses cotizados. Ahí es nada.

En caso contrario, es decir, si se ha cotizado menos de 38 años, la edad de jubilación se cifra en 66 años y seis meses para este año, lo que subirá a 66 años y ochos meses en 2025. Por lo tanto, puestos a hacer cuentas, el jubilado no podría optar a la jubilación activa pasados los 66 años y ocho meses, a lo que se suma que para cobrar el 100% de la pensión, tendrían que demorar la pensión cinco años más, una vez ya pasados los casi 71 años.

Desde luego, no parece una tarea sencilla o, al menos, al alcance de todos, especialmente en el caso de los trabajos más físicos o expuestos a condiciones climáticas adversas.

Cambios en la jubilación activa: más incentivos por demorar la jubilación

La jubilación activa, permite compatibilizar la pensión de jubilación con un trabajo por cuenta ajena o propia, a jornada completa o parcial, siempre que haya pasado al menos un año después de haber cumplido la edad de jubilación ordinaria, por lo tanto, es necesario haber cotizado los años suficientes para percibir la pensión al completo.

Como hasta ahora, las personas que deseen demorar su jubilación verán incrementada su pensión un 4% anual. Y a esto se añade ahora un crecimiento del 2% cada seis meses a partir del segundo año de prórroga. Por lo tanto, la principal novedad es que, en adelante, estos incentivos podrán compatibilizarse con la jubilación activa, es decir, con el cobro de una parte de la pensión (además del sueldo) por seguir trabajando.

De esta manera se establece que los porcentajes de la pensión que se van a poder percibir mientras se sigue trabajando quedarían así:

  • Un 45% con un año de demora
  • Un 55% con dos años de demora
  • Un 65% con tres de demora
  • Un 80% con cuatro años de demora
  • Un 100% con cinco años de demora

Otro punto a tener en cuenta en lo que respecta a la última reforma del sistema de pensiones, que, recordemos, aún no ha entrado en vigor, se elimina el requisito de tener una carrera de cotización completa, lo que facilita su acceso a la misma. Tiene una especial incidencia desde la perspectiva de género, pues son las mujeres las que cuentan con una carrera laboral más corta que los hombres.

¿Cuándo se puede acceder a la jubilación activa?

Para acceder a la jubilación activa hay que cumplir una serie de requisitos recogidos en la página web de la Seguridad Social:

  • Cumplir la edad legal de jubilación correspondiente. En 2027 será de 67 años y, hasta entonces, hay fijado un periodo transitorio desde los 65 años hasta esos 67 que varía en función de los años cotizados. Por ejemplo, en 2024, si se han cotizado 38 años o más la jubilación correspondiente será a los 65 años; y si se ha cotizado menos de 38 años será de 66 años y tres meses, como indica la Seguridad Social.
  • Para acceder a la jubilación activa tiene que haber pasado al menos un año después de haber cumplido la edad de jubilación ordinaria.
  • Es necesario haber cotizado los años suficientes para percibir el 100% de la pensión.
  • El beneficiario tendrá la consideración de pensionista a todos los efectos.
  • Esta modalidad es incompatible con la jubilación anticipada.
  • La pensión se revalorizará en los términos establecidos para las pensiones del sistema de la Seguridad Social.